El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha decretado la prohibición temporal de la pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral de Balears para preservar las poblaciones de especies de pequeños pelágicos.
Según la Orden publicada el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), queda prohibida la pesca para la modalidad de arrastre de fondo a los buques españoles con puerto base en las islas de Mallorca, Menorca e Eivissa en las aguas exteriores del litoral de la comunidad autónoma de Balears durante un día a la semana, exceptuando festivos, hasta el 12 de abril de 2019.
Queda prohibida asimismo la pesca de esa modalidad a los buques españoles con puerto base en la isla de Formentera en las aguas exteriores del litoral de esta comunidad autónoma por un periodo de un mes, desde el día 1 de enero hasta el 30 de marzo de 2019, ambos inclusive.
Los días de parada se programarán previamente por la comunidad autónoma, tras oír al sector pesquero afectado.
Las embarcaciones con base en puertos de la península, que faenen en las aguas exteriores de las Baleares, deberán cumplir con la Orden APA/1728/2005, de 3 de junio.
Estas paradas temporales podrán recibir financiación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1173/2015.