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El Consell expedienta a 30 propietarios por alquilar sin licencia

Los casos abiertos son por denuncias y reclamaciones de clientes: los inspectores todavía no han llegado a actuar de oficio. Se enfrentan a sanciones de hasta 400.000 euros

Una treintena de propietarios pueden ser multados por alquilar a turistas sin contar con licencia de actividad. | Gemma Andreu

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El Consell tiene actualmente sobre la mesa 30 expedientes sancionadores por casos de alquiler turístico ilegal, en la mayoría de ocasiones propietarios que han arrendado su vivienda a turistas sin contar con el preceptivo número de licencia. Es el balance del año y medio que ha transcurrido desde que se aprobó la nueva Ley Turística y todos los expedientes incoados o en proceso de incoación son fruto de las denuncias y reclamaciones recibidas, no por la propia iniciativa del cuerpo inspector del Consell, que hasta el momento no ha llegado a actuar de oficio.

Esos 30 expedientes, de los que todavía no se ha hecho un cálculo de las sanciones que acarrearían, corresponden a denuncias recibidas en el año 2017 que fueron atendidas durante el año pasado. Las inspectoras del departamento de Ordenación Territorial y Turística han logrado encontrar indicios suficientes para poder levantar acta. Las cifras, según explican desde la administración insular, muestran un incremento de la preocupación ciudadana por el fenómeno del alquiler turístico, toda vez que hasta ese momento la entrada de denuncias a la sede del Consell había sido anecdótica.

Según el último recuento del departamento que se encarga del control de oferta turística insular, durante la pasada temporada turística se recibieron ocho denuncias y cuatro reclamaciones. Esos casos están pendientes de que se realice el trabajo de campo necesario para levantar acta y poder iniciar el procedimiento, por lo que se pueden sumar próximamente a los 30 expedientes que el Consell está tramitando.

Las denuncias llegan generalmente de vecinos que han tenido molestias, aunque también pueden estar detrás las fuerzas de seguridad, mientras que las reclamaciones provienen de clientes insatisfechos con el alojamiento, que se han quejado, por ejemplo, por casos de publicidad engañosa. A posteriori la labor inspectora ha revelado que la vivienda en cuestión no contaba con licencia de actividad.

La nueva Ley Turística permite incoar expediente sancionador en el caso de que una vivienda esté anunciada en portales de comercialización sin contar con licencia o con la declaración responsable de inicio de actividad. De ese modo se facilita la labor inspectora, que en muchas ocasiones encuentra serias dificultades para poder levantar acta personándose en el domicilio, al encontrarlo cerrado o con turistas que alegan ser familiares o amigos del propietario.

El régimen sancionador de la Ley Turística tipifica como muy grave «la realización de la actividad turística sin haber presentado la correspondiente declaración responsable de inicio de actividad» y prevé sanciones de entre 40.000 y 400.000 euros. En el supuesto de que la vivienda cumpla las condiciones de la Ley Turística, pero no tenga licencia la sanción podría ser grave, con multas de entre 4.000 y 40.000 euros.

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