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Pandemia de coronavirus

Esto es lo que puedes hacer y lo que no en las playas

Un hombre practicando el martes el paddle surf en Sa Platja Gran, de Ciutadella. | Josep Bagur Gomila

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La llegada del buen tiempo, las temperaturas altas y la costa que nos rodea motiva que el acceso a las playas sea una de las prioridades lúdicas para gran parte de la población residente menorquina, también en este lento proceso de desconfinamiento. Sin embargo, las policías locales recuerdan que las restricciones del decreto de alarma, y las actualizaciones que hace el Gobierno limitan la utilización de la costa en la fase 0 de la preparación para la desescalada en la que nos encontramos, aunque las interpretaciones siempre siembren algunas dudas en la aplicación de la norma por comunidades o municipios. Aquello que no aparece específicamente reflejado en el BOE genera debate.

No está permitido bañarse en las playas durante las fases 0 y 1 en las costas de las islas, ha precisado la Dirección General de Emergencias, del Govern balear, en función de las disposiciones generales del BOE publicadas el pasado viernes.

La norma ha creado cierta confusión porque la fase 0 de la desescalada en la que se encuentra el Archipiélago, salvo Formentera que ha entrado directamente en la fase 1, sí permite que los niños puedan tener una actividad dinámica -correr, saltar, jugar...- en las playas, si van acompañados del adulto responsable y están a menos de un kilómetro de su lugar de residencia.

La normativa persigue que no haya actividades estáticas porque son más susceptibles de provocar el contagio de la covid-19. Los niños deben respetar también las condiciones de distancia interpersonal con terceros.

En todo caso, ni en la fase 0 ni en la 1 estará permitido todavía el baño como actividad lúdica ordinaria.

¿Se puede practicar la natación en el mar?

Sí está permitido nadar como práctica deportiva, especialmente los practicantes federados en natación, duatlón, triatlón o aguas abiertas. Sin embargo tampoco se especifica que esté prohibido nadar en el mar como ejercicio físico para los que lo hacen para el bienestar de su cuerpo. Debe ser una actividad dinámica, en este caso entrar al agua para nadar y salir de ella sin permanecer estático en el mar, lo que puede ocasionar diferencias interpretativas en municipios costeros. Es preciso que se haga en el horario del grupo de edad correspondiente, que se practique de forma individual y que la playa esté a menos de un kilómetro de la residencia habitual. Está prohibido desplazarse en coche para practicar deporte.

¿Se puede tomar el sol sobre la arena?

Están prohibidas las paradas en los espacios públicos -artículo 3, punto 3, del BOE­. Por tanto, extender la toalla o detenerse para tomar el sol en la arena de la playa no es una actividad física autorizada. En Menorca ya se han puesto sanciones por este motivo, tanto en Ciutadella como en Es Mercadal.

¿Se puede pasear por la playa?

Sí está permitido, pero solamente si la playa se encuentra a menos de un kilómetro del lugar habitual de residencia, y conforme a las normas sanitarias dentro del horario permitido para cada grupo de edad.

¿Se puede pescar con caña?

No está permitida la pesca con caña ni como actividad ociosa ni deportiva, tampoco dentro del horario que corresponda según el grupo de edad, ha confirmado el Seprona, de la Guardia Civil. Es una actividad estática aunque se practique en un acantilado o en la orilla del mar. La pesca se permitirá en la fase 2, salvo que haya nuevas modificaciones.

¿Se puede practicar surf o paddle surf?

En estos casos puede interpretarse la misma norma que para la natación como actividad deportiva federada o como ejercicio físico. Se pueden practicar estos deportes de agua como ejercicio físico, de forma individual, en el horario correspondiente y si se reside a menos de un kilómetro del lugar por el que se va a realizar.

¿Cuándo se permitirá el uso normal de las playas?

Salvo que haya nuevas modificaciones en la orden 380/2020 del Ministerio de Sanidad, hasta la fase 3, que arranca el 8 de junio, no estará permitido el uso ordinario de las playas, es decir, la permanencia estática en la arena y los baños, siempre cumpliendo las normas de higiene y distancia social que se establezcan.

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