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Pandemia de coronavirus

Unas medidas urgentes con unos efectos «insoportables»

Denuncian el estruendo de unas obras en Sant Tomàs, Menorca

Un calvario. La pareja madrileña, que tiene en la urbanización de Es Migjorn Gran su segunda residencia, frente a la entrada de la zona que en estos momentos se está urbanizando con parcelas para chalés | Gemma Andreu

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El artículo 8 del decreto 8/2020 de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa aprobado por el Govern balear para hacer frente a la crisis de la covid-19 está suponiendo un calvario para una familia madrileña con segunda residencia en Sant Tomàs, Es Migjorn Gran, desde que se instaló allí a comienzos de la semana pasada.

El texto en cuestión establece que «durante 2020 todo tipo de obras de edificación, modificación, reparación y derribos estarán exentas de las limitaciones temporales estivales relativas a la temporada turística que estén vinculadas a cualquier normativa autonómica, insular o municipal». Es decir, que se pueden hacer obras como en invierno. La ordenanza de Es Migjorn Gran fija para junio un horario reducido de 8 a 13 horas para la maquinaria pesada, pero por el artículo 8 se puede trabajar también durante la tarde, de 15 a 18 horas.

En base al artículo 8, durante estos días se avanza a jornada completa en la urbanización de una parcela de Sant Tomàs que debe albergar un conjunto de chalés. Enrique y Silvia explican que desde primera hora de la mañana, «un día eran las ocho menos cuarto», las máquinas «pican con insistencia sobre las piedras» del citado terreno, lo que provoca un estruendo que ha convertido su primera semana de estancia estival en la Isla en un tormento. «Es insoportable», relatan.

Su vivienda está a más o menos cuarenta metros de la zona de las obras y tareas como el estudio que debe llevar a cabo su hija durante estos días se convierten en tortuosas. La familia se ha dirigido ya un par de veces de forma verbal al Ayuntamiento de Es Migjorn Gran pero les remiten al ruidoso artículo 8 aprobado por el Govern balear.

No obstante, Enrique duda de que el artículo 8 sea aplicable a obras de urbanización de un terreno, ya que no se consideraría «edificación». Considera que se está aplicando esta normativa de forma irregular, y por ello prepara un escrito de denuncia para trasladarlo al Consistorio. También comenta Enrique que en ningún caso se pueden superar los decibelios máximos establecidos por la ordenanza municipal de ruidos, y que su impresión, avalada de momento solo por una aplicación del móvil, es que se superan con creces. Ahora espera que la Policía Local lo cerciore y actúe para que pueda pasar un verano más o menos relajado, al menos para sus oídos.

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