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Herencia José Mª de Olivar

La demanda por la herencia millonaria de quien dice ser hija de José María de Olivar da otro paso

El juez fija el 17 de este mes para la exhumación de los padres del noble y tomar muestras de ADN

La exhumación de los padres de José María de Olivar se hará en el Cementeri Vell | Foto: Josep Bagur Gomila

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El juez del Juzgado de Instrucción número 1 de Ciutadella, Juan Pablo Molina, dio este jueves un nuevo paso en relación a la demanda interpuesta por una mujer malagueña de 75 años que asegura ser hija del noble ciutadellenc, José María de Olivar Despujol, fallecido el 19 de febrero de 2018. El juez ha fijado la fecha del 17 de este mes, a las 11 de la mañana, para que se proceda a la exhumación de los restos de quienes fueron los padres del  aristócrata, Carlos de Olivar y Olives y María del Pilar Despujol Pou, enterrados en el Cementiri Vell de Ciutadella.

Hace justo un mes, el 4 de enero, el juzgado autorizó la exhumación de los que serían supuestos abuelos de la demandante, a petición de sus abogados, a la que no consta que haya recurrido el abogado de la familia. Fue la única alternativa viable dado que los dos sobrinos a quienes José María de Olivar legó su cuantiosa herencia, y demás familiares se negaron a que les tomaran las muestras de ADN para cotejarlas con la mujer que dice ser su hija, fruto de una posible relación con su madre, en Barcelona, en 1945.

Las muestra biológicas que se extraerán de los padres del noble podrán ser cotejadas con el ADN de la mujer, con toda probabilidad, en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses de Barcelona.

La exhumación, a la que asistirán los abogados de ambas partes, las forenses de Menorca, la comitiva judicial, familiares si lo desean,  y los operarios que abran las lápidas, se hará a las 11 de la mañana. El análisis de las muestras dependerá del trabajo acumulado en el organismo nacional.

El apunte

La demandante debe cotejar sus muestras biológicas con las de sus hermanos registrales

La demandante de la paternidad de José María de Olivar también debe presentar durante este mes el resultado de las pruebas que cotejen su ADN con el de sus hermanos registrales, es decir, debe demostrar que no es hija del padre que la adoptó cuando contrajo matrimonio con su madre.

Dado que ambos fallecieron, las muestras las deben aportar sus dos hermanos registrales. En la interposición de la demanda, sus abogados ya incorporaron el principio de prueba voluntaria en este sentido, aunque carecía de garantía oficial.

10 comentarios

user Happy | Hace más de 2 años

Sa historia dona per una serie de netlfisss

user Bep M.C. Bosch | Hace más de 2 años

Blau es es fester

user Humanista | Hace más de 2 años

Bernat GenestarEnvídia?

user Humanista | Hace más de 2 años

miquel ferruUf!!...comunista?

user Bep M. | Hace más de 2 años

Estic ben intrigat. Avam, que posin un a foto de sa dona aquesta ...

user Nostromo | Hace más de 2 años

miquel ferruMuy loable su interesante aportación acerca de los procedimientos y métodos científicos en relación a este tipo de cuestiones forenses para esclarecer demandas de paternidad.

user Nostromo | Hace más de 2 años

Lo insólito es que un juez tenga potestad para ordenar la exhumación de unos cadáveres, que llevan enterrados decenas de años, y en cambio no la tenga para poder ordenar a los supuestos familiares VIVOS de esa señora que se hagan una simple prueba de ADN para comprobar si existe o no esa relación consanguínea que reclama esa mujer. Me parece absurdo y ridículo. Y otra cosa. El redactor insiste (ya lo ha hecho en otras informaciones relativas a esta cuestión) en seguir refiriéndose a "abrir las lápidas". Vamos a ver, una lápida no es sino una losa de mármol o piedra, que se coloca normalmente en una sepultura para recordar a la persona o personas que se encuentran allí inhumadas. Aquí en todo caso lo que se va a abrir son LAS SEPULTURAS, y no las lápidas.

Bernat Genestar Bernat Genestar | Hace más de 2 años

Aiiiii Simonet que quedaràs amb es cavallet de cartró i poc més! 🎠🎠🎠

user miquel ferru | Hace más de 2 años

lo primero es cerciorarse del estado de las tumbas para descaratar que haya habido cambiazo o que fueran depositados allí restos de otras personas. Despues identificar los restos, como mínimo agrupando y evidenciando por Antropoligia Forense que los restos óseos son al menos de una mujer y de un varón, si los regsitros dicen que es lo que debería hallarse en esas tumbas. Incluso puede hacer reconstrucción para por estudio dimensional de huesos largos poder deducir la estatura y si es compatible con los datos viatles que puedan conservarse. Y despues lo más delicado. : escoger las muestras y garantizar la cadena de custodia de las mismas y que no haya "cambiazo" durante la custodia nocturna y/o el traslado, y las determinaciones hechas por dos laboratorios distintos de Genética Forense. Los resultados han de ser interpretados porque las madres y abuelas suelen darse como muestras indubitadas, pero el engendrador masculino puede ser otro cantar. Es por ello que en esa clase de investigaciones es más seguro el resultado que descarta que el que afirma, ya que este último es a base de porcentajes mientras que el que descarta, afirma que es imposible..

user baixamaner | Hace más de 2 años

Mira que negarse a que els hi facin la prova i obligar axis a desenterrar als seus pares !! No es molt gros aixó ? Sembla que la malagueña té raó.

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