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Benito Núñez: «El particular que alquile su barca deberá cumplir iguales requisitos que una empresa»

El director general de la Marina Mercante tranquiliza al sector náutico y presenta la nueva instrucción para las embarcaciones sin titulación

Benito Núñez durante su intervención de este viernes en Maó | Gemma Andreu

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Benito Núñez Quintanilla, director general de la Marina Mercante, tranquilizó este viernes al empresariado náutico de la Isla, con quien se reunió en la sede de PIME, en Maó. Núñez (Albacete, 1976), ingeniero naval y oceánico, en el alto cargo  del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana desde hace un año, aportó la información que requerían los profesionales del sector relativa al alquiler de barcas sin titulación, que queda garantizada con la aplicación de una nueva instrucción de servicio.

Del mismo modo señaló que la opción que ofrece el nuevo Real Decreto de Ordenación de Navegación Marítima para que los particulares puedan alquilar sus barcas a partir de julio de 2024, solo será de aplicación cuando exista un reglamento desarrollado con el propio sector náutico.

¿En qué medida se ha avanzado para regular los alquileres sin titulación teniendo en cuenta las peticiones del Consell de Menorca y ciertos ayuntamientos para prohibirlos?

—Hemos puesto en marcha la elaboración de una instrucción que he explicado a los empresarios menorquines en la que también se habilita a las Capitanías Marítimas a establecer condiciones que regulen y limiten el impacto que la excesiva proliferación de esta modalidad provoca en determinadas zonas y periodos.

¿No debería haber un marco jurídico claro al respecto que limite esta práctica?

—Existe un marco general, que es el de las atribuciones en seguridad que la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante da a los capitanes marítimos para abordar situaciones que pueden suponer un peligro para la navegación, pero no existe un marco concreto para la modalidad de alquiler de embarcaciones sin titulación. En cualquier caso, nuestra intención es contemplarlo en próximos proyectos reglamentarios.

La otra cuestión que preocupa a la empresa náutica en la Isla es el alquiler de las barcas de recreo particulares. ¿Comprende esta preocupación?

—Claro que la comprendo, soy muy consciente de la elevadísima demanda de uso de las aguas de Menorca y de los problemas que plantearía a las empresas la proliferación de una oferta en manos de particulares que no tuviesen que cumplir con los mismos requisitos que deben cumplir estas empresas. Pero es una preocupación sobre una situación futura que no está en la agenda, ni la regulación actual, que no lo permite en tanto no se elabore el desarrollo reglamentario de lo previsto en el Reglamento de Ordenación Náutica (RON). Tampoco este desarrollo reglamentario futuro, van a permitir una situación así.

¿Puede precisar qué requisitos necesitarán los particulares para poder alquilar sus barcos?

—Pues hasta que no se desarrolle con una regulación específica, la disposición relativa a la posibilidad de alquilar sus embarcaciones durante 3 meses sin cambio de lista, deberán cumplir con los mismos que se exigen ahora. Cuando este cambio normativo, necesario y se produzca tendrán que cumplir los requisitos que se establezcan. El particular que alquile su barca deberá cumplir iguales requisitos que los que se exigen a una empresa que tiene como finalidad principal el alquiler, en cuanto a seguridad, contratación de seguros, inspecciones. Además, siempre deberán cumplir las condiciones que impongan las administraciones encargadas de regular la actividad comercial. Es decir, que si en Balears, como me consta que es así, existen unos requisitos para la actividad de charter náutico, nuestra norma no puede modificarlos, igual que no puede modificar los requisitos fiscales o los que establezcan los puertos sobre el tipo de uso de los amarres.

¿Esta opción para los particulares puede saturar aún más el litoral marítimo de la Isla en la temporada alta?

—No lo creo, esto dista mucho de ser una carta blanca para poder alquilar sin más una embarcación privada. Por no mencionar que mientras no se desarrolle reglamentariamente esta opción no es posible.

¿Entiende que los profesionales se quejen de probables agravios comparativos y por la posible pérdida de negocio?

—Creo que las quejas son fruto de una confusión sobre el alcance concreto de la medida, o que no hemos sabido explicarla. Pero una vez que hemos dado las explicaciones oportunas ya no se han producido estas quejas.

¿Cuáles son los principales objetivos del nuevo Real Decreto de Ordenación de la Navegación Marítima 196/2023?

­—El objetivo principal del RONes la modernización de las normas que afectan a la navegación en los espacios marítimos españoles. Hasta ahora muchas de estas normas estaban obsoletas o se encontraban dispersas en multitud de disposiciones normativas. Ahora se recopilan y actualizan.

¿Cómo va a simplificar la burocracia el nuevo decreto con el uso de aplicaciones electrónicas por parte de las navieras?

—En gran medida. Esperamos que el RON suponga un cambio de paradigma en la forma en que el sector marítimo se relaciona con la Administración marítima en multitud de trámites. Por poner un ejemplo, queremos que el despacho de las embarcaciones, y esto lo posibilita el RON, se solicite y se resuelva de manera totalmente automática y rápida mediante una consulta a los sistemas de la Dirección General en los que figuran los certificados de dichas embarcaciones.

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