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El juzgado insta a Es Castell a ejecutar el cierre inminente de la gasolinera de Son Vilar

El Ayuntamiento tiene hasta junio para completar el expediente contra Galp, tras ser anulada la licencia por el Tribunal Supremo

Una motocicleta circula por delante de la estación de servicio Galp ayer en Son Vilar. | Gemma Andreu

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La sentencia que obliga al cierre de la gasolinera de Son Vilar, en Es Castell, por considerarse improcedente su licencia, es firme desde 2022 y ahora tiene que ejecutarse. Así se lo ha comunicado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma al Ayuntamiento mediante una diligencia que tuvo entrada el pasado 21 de abril, fecha a partir de la cual comienza a correr el plazo de dos meses que tiene el Consistorio para abrir el expediente administrativo para hacer cumplir la sentencia. Los letrados de la parte demandante, la mercantil Estación de Servicio Roselló SL, han reclamado dicha ejecución de la sentencia.

Los servicios jurídicos municipales ya trabajan en este asunto, que resurge en plena campaña electoral y que encabezará la lista de problemas que deba afrontar el nuevo gobierno local que salga de las urnas el 28 de mayo. De acuerdo con la sentencia judicial la gasolinera construida en la carretera de Maó a Es Castell, que explota la empresa Gasolina y Gasoils Low Cost Menorca SL, debe desmantelarse. Todos los recursos de las partes implicadas, la empresa explotadora y el Ayuntamiento, en un intento de evitar el coste económico para las arcas municipales, han sido rechazados.

El responsable de Galp Menorca, Juan López Oleo, evitó ayer hacer declaraciones a este diario sobre la nueva situación; solo afirmó que no ha tenido ninguna comunicación por parte del Ayuntamiento y que todo está en manos de sus abogados.

Una licencia de 2016, con el PP y El Pi

El Consistorio está en plazo para elaborar el expediente de ejecución de la sentencia, que deberá estar completo en junio. La licencia de la gasolinera se concedió en 2016 cuando gobernaba el PP con el apoyo de El Pi. Desde el equipo de gobierno actual, de PSOE y Som, a poco más de una semana para las elecciones, se ha declinado realizar valoraciones, aunque a lo largo del conflicto los partidos de izquierda ya manifestaron su oposición a la autorización.

El litigio nace del recurso interpuesto por otra empresa del sector de los carburantes, Estación de Servicio Roselló, contra la licencia que permitió la construcción y apertura de la gasolinera Galp. El argumento que llevó al juez a determinar como improcedente la licencia es que se tramitó tomando como referencia y actividad económica principal un antiguo supermercado, y el suministro debía ser la actividad complementaria y no la principal.

Dos millones de euros y petición de otro permiso

El procedimiento judicial que ahora llega a su fin puede tener consecuencias económicas muy onerosas para el municipio. Aunque ayer López Oleo declinó hablar sobre la posible indemnización que reclamará la empresa, esta posibilidad ya se avanzó en 2022 cuando aún las partes aguardaban la notificación de que la sentencia era firme.

En ese momento la propiedad de la estación de Son Vilar cifró una primera estimación de la cantidad a reclamar por daños y perjuicio en dos millones de euros, aproximadamente el montante del capítulo inversor del Ayuntamiento para un año. Un cálculo que saldría del coste de montaje y desmontaje de la estación de servicio, la indemnización por el despido de los trabajadores y el equivalente a diez años de beneficios. Además avanzaron que la sociedad volvería a pedir la licencia para levantar de nuevo la gasolinera si se veían obligados a demolerla, como es el caso.

Las claves
  1. Licencia otorgada en marzo de 2016

    El permiso se aprobó en 2016 por la junta de gobierno municipal formada entonces por PP y el Pi. Ahora Lluís Camps opta de nuevo a la alcaldía por el PP y el entonces edil del Pi, Florencio Conde, es número uno de IPEC.

  2. Actividad de supermercado

    El juez consideró que la licencia era improcedente porque se tramitó tomando como referencia y actividad principal un antiguo supermercado, por lo que el suministro debía haberse desarrollado como actividad complementaria.

  3. Ratificación por el Tribunal Supremo

    La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó en junio de 2022 una providencia que convirtió en firme la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administravio número 3 de Palma que declaró improcedente la licencia concedida en marzo de 2016 por el Ayuntamiento de Es Castell.

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