Dos años y medio y un día más de prisión deberá cumplir el considerado delincuente más reincidente de la Isla en las últimas décadas en las que ha estado entrando y saliendo de la cárcel en distintas épocas. J.L.B.Q., de 50 años, aceptó ayer esta nueva condena que acordó su abogado con el fiscal en el juicio celebrado en el Juzgado Penal de Maó bajo la acusación del delito de robo continuado con fuerza en casa habitada, en el que también se vio implicado otro delincuente habitual de Ciutadella, de 24 años. Este fue condenado a un año, seis meses y un día de prisión por la misma causa.
Los dos hombres entraron en un apartamento de Cala en Blanes en el que se alojaban tres turistas checos el pasado 6 de junio. Rompieron el marco de una ventana con los residentes en su interior y allí se apoderaron de objetos, documentos, dinero en efectivo y dos pares de zapatos, además de las llaves de un vehículo Citroën C4 que los turistas habían alquilado en un rent a car de Maó.
Poco después sufrieron un accidente con ese coche al inicio del Camí de Sa Farola, en Dalt sa Quintana. Golpearon a tres vehículos estacionados y el suyo quedó volcado sobre el asfalto. Inmediatamente se dieron a la fuga ya que, además, J.L.B.Q. estaba en busca y captura por no haber regresado a la prisión tres meses atrás en un permiso de salida.
El 9 de junio, los dos ladrones accedieron a otro apartamento en Son Xoriguer. Cogieron las llaves de un Seat León, alquilado por los tres turistas que estaban en la vivienda, además de 400 euros en efectivo, un altavoz y documentación. Arrancaron el vehículo y escaparon.
Tres días después la Policía Local de Alaior vio una actitud sospechosa al paso de este automóvil robado al que dieron el alto. El conductor no se detuvo pero los agentes avisaron a la Policía de Maó que sí consiguió su arresto a su llegada al Polígono Industrial. Solo pudo practicar entonces la detención del más joven, quien dos días después ingresaba en prisión provisional. En un principio les fueron imputados tres delitos de robo con fuerza y dos de hurto en casa habitada, aunque finalmente en las diligencias practicadas no pudo concretarse la acusación por uno de estos tres asaltos.
Además de la condena que deberán cumplir los dos hombres, actualmente en prisión, deberán indemnizar con 17.641 euros al rent a car del primer robo y con 2.614 al del segundo por los desperfectos que causaron en ambos vehículos, y con unos 1.000 euros más a las víctimas de sus robos. El fiscal les pedía en un principio 6 y 4 años de cárcel respectivamente, al primero de ellos por reincidente. A ambos se les aplicó el atenuante de toxifrenia.
con una Acción Popular se debería poder anular todo este Juicio, porque el Fiscal ( que no es Poder Judicial) se ha irrogado en base a que las leyes le aceptan y dan por sentado que hace de representante de los perjudicados, decide rebajar penas solicitadas, si el abogado del acusado, a estas alturas de la noticia confeso y por ello autor ( y no presunto) de esos delitos, porque así lo ha firmado, no ha ni siquiera contactado con los perjudicados ni menos les ha comunicado que pensaba rebajar las penas que iba a pedir, sin asegurarse de que los daños queden reparados y compensados. Ni siquiera se toma la molestia y detalle de comunicar a los denunciantes perjudicados por cada delito que el autor confesó aceptó y se conforma y que firma que sabe que ha reparar los daños, Si les comunicaran a los denunciantes en que ha venido a parar su denuncia, podrían así los perjudicados permanecer atentos a como cobrar los perjuicios, sin tener que pagar una acusación particular pues ya les representa el Fiscal ( se supone...) . Sin avisar a los perjudicados , los fiscales no deberían poder irrogarse la capacidad de rebajar para así conseguir una conformidad y no tener que argumentar en una vista oral Y en los multirreincidentes maleantes se les aplicaba la ley socialista del gobierno Largo Caballero titulada de Vagos y Maleantes que la actual Cosntitución derogó implicitamente para no juzgar por dos instancias por lo mismo, pero aquella Ley no condenaba actos sino conductas , hace ...86 años. Entonces no había conformidades , al menos, que to sepa., pero no habíamos nacido.