(Artículo publicado en el <<Diari Menorca>> el 19-2-2020)
Conocer las vicisitudes de menorquines emigrados a Argelia en el siglo XIX me ha transportado a las circunstancias en las que debían resolver problemas tan habituales en las familias como la aplicación de los testamentos o el seguimiento a distancia de los negocios. La documentación a la que he tenido acceso, que enriquece el fondo documental de la sala dedicada a las emigraciones, se inicia en 1845 y se extiende hasta 1873, un período que abarca los reinados de Isabel II y de Amadeo de Saboya.
Un
hecho destacable es que en 1845, cuando todavía no se ha completado
el control francés sobre Argelia (que no es total hasta 1857, aunque
el país se considere parte integrante de Francia ya en 1848), ya
existe una agencia comercial española en Argel, que de hecho actúa
como representación consular en la que, por ejemplo, Antonia Vicens
viuda de José Carreras da un "poder cumplido y amplio" a
Luis Monjo, vecino de Mahón.
Ya
como consulado general de España, en 1852 y con regularidad hasta el
último documento de 1873, emite certificados de pagos, revocaciones
de poderes, nuevos poderes, documentos en fin que reflejan, a parte
de las decisiones de los emigrantes en relación con bienes ubicados
en Menorca, una clara preocupación por el seguimiento de sus
intereses en la isla. La correspondencia entre dos hermanos
mahoneses, uno en Argel y el otro en Mahón, éste dotado de poderes
diversos de menorquines residentes en Argel, proporciona esta
sensación de distancia y ansiedad por que las herencias, las ventas
de bienes, etc., se lleven a la práctica de modo satisfactorio.
Como
es lógico, los documentos oficiales se emiten en papel oficial,
dotado de toda la simbología y solemnidad que requieren. La
observación de los escudos de España que sucesivamente aparecen en
sus encabezamientos proporciona una visión histórica que resulta
interesante vista hoy día, pudiéndose apreciar que la heráldica
oficial refleja el curso de la historia de España y en cierta forma
la herencia política de nuestro país.
Así,
el primer escudo que podemos observar, el del documento de 1845, es
un recargado escudo donde se recogen las armas de un conjunto de
territorios que pueden verse como un árbol genealógico de la ya
citada reina Isabel II, pues muchos de ellos ya estaban fuera de su
poder soberano, como son Flandes, Brabante, Tirol, etc.,
pertenecientes a países totalmente desligados de España a la sazón.
En cambio, faltan Navarra y Granada que, como es obvio, sí
pertenecían a sus dominios. Por su parte, en los papeles del
consulado general desaparecen en el escudo todos esos territorios ya
extranjeros e incluso las armas del viejo reino de Aragón (digamos
"las nuestras"), y siguen ausentes las de Navarra (las
famosas cadenas), figurando en cambio las de Granada, que acompañan
a las de Castilla y León y al escudo representativo de la Casa de
Borbón reinante, con las flores de lis, superpuesto en el centro.
El
mismo criterio puede observarse en los escudos que corresponden a la
época de Amadeo de Saboya, que incorporan las conocidas columnas de
Hércules con la leyenda "Plus Ultra", que como sabemos se
refieren a la expansión ultramarina de España. El escudo central
de la Casa de Saboya (una cruz de plata en campo de gules, que
también aparece en ciertas banderas de Italia) sustituye al de la
Casa de Borbón.
Oscar Sbert Lozano