En estos días deberíamos estar hablando de la buena noticia que sin duda supone haber dado un vuelco a la economía municipal, cuando de nuevo, una vez más, nos vemos atropellados por los acontecimientos. La anulación del PGOU por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares se suma a las sorpresas negativas que vamos acumulando en lo que va de mandato.
Visto el desconcierto generado por las últimas noticias recogidas en este diario me veo en la necesidad de explicar con detalle la situación generada por esta sentencia. Convendrá, en primer lugar, resumir los antecedentes referidos a los espacios verdes de Cala en Porter.
El primer instrumento de planeamiento que hubo en Cala en Porter fue el Plan Parcial de 1977 (anterior al primer plan general que tuvo el municipio). Este Plan Parcial establecía los derechos y los deberes de los promotores de la urbanización. Indicaba que, una vez recepcionadas las obras bajo el sistema de compensación, recibiría las calles y espacios verdes obligatoriamente y sin coste, pasando a ser todo ello público.
El primer Plan General del municipio, de 1978, recogía íntegramente la norma de aquel plan parcial que desarrollaría la urbanización, manteniendo el sistema de compensación. A pesar de estas previsiones, nunca se siguió lo que marcaba el plan parcial y se fueron desarrollando y ejecutando las calles. Por otro lado, la mayoría de las calles y espacios verdes ni se recepcionaron ni se inscribieron en el patrimonio municipal.
Pasó el tiempo y durante la revisión del PGOU de 1994, los técnicos se encontraron con serios problemas: ya no existían los promotores originarios, muchas parcelas se habían vendido y la urbanización estaba prácticamente construida. Es decir, no había nadie capaz de hacer cumplir el antiguo Plan Parcial, reclamando no solo las calles --que es lógico pensar que son públicas-- sino las parcelas que en un principio se habían previsto como públicas, aunque nunca lo llegaron a ser. Para resolver el problema, la única fórmula legal a aplicar era cambiar el sistema inicial de compensación, por el sistema de expropiación de las parcelas marcadas como espacios verdes, por mucho que ahora diga lo contrario el Grupo Socialista.
Durante todos esos años y los posteriores, se estuvo negociando con los propietarios de estas parcelas para llegar a acuerdos lo menos gravosos para el municipio con el propósito de incorporar estas parcelas en el patrimonio público. Lo malo es que no se llegó a un acuerdo total y el ayuntamiento no recibió todas las parcelas.
Y es aquí donde surge el gran problema: el anterior equipo de gobierno, encargado de llevar a aprobación el Plan General del 2009 (ahora anulado), tuvo la brillante idea de modificar la calificación de estas parcelas que pasaron de espacios verdes públicos (por vía de expropiación) a espacio verde privado. En teoría, esta estrategia debía servir, según los gestores de entonces, para no perjudicar los intereses del municipio y de todos los vecinos, aun cuando perjudicara a los propietarios de las parcelas.
De acuerdo con las leyes tal modificación, no se puede hacer por arte de birlibirloque, sino que se debe justificar. Pues, hasta donde sabemos, esta justificación nunca ha existido. O sea, en este aspecto se hicieron modificaciones a la ligera a pesar de una tramitación dilatadísima.
Es más, los servicios técnicos municipales en cada informe (que no fueron pocos) advertían de la inadecuación y nula justificación para cambiar los espacios libres públicos a espacio libre privado. Si alguien piensa que una modificación de la calificación de una parcela no afecta a lapropiedad está incurriendo en un desconsiderado sarcasmo. Y ahí tenemos el motivo del recurso presentado por los propietarios, cada vez más indignados, de los terrenos.
El supuesto interés para la generalidad de los ciudadanos de Alaior, muy a mi pesar, se ha venido al traste, se ha evaporado y mucho nos tememos que esta operación saldrá infinitamente más cara a los ciudadanos. Todo, debido a la dejadez, desfachatez, hipocresía, impericia, ignorancia y malas prácticas de los anteriores equipos de gobierno.
Por lo que hace a la falta de un informe, motivo de la anulación del PGOU, hay que ser muy cínico para traspasar una responsabilidad tan grave al actual equipo de gobierno municipal.
Primero, que diga ahora el PSOE que nadie los avisó de la falta de dicho informe, es del todo ridículo. Este informe y muchos otros son de obligado cumplimiento, según leyes estatales. ¿Quién debía recordar al anterior equipo de gobierno que la Ley General de Telecomunicaciones exige este informe?
Segundo, una vez iniciado el expediente de revisión del plan general es cuando se deben solicitar los informes preceptivos de diferentes organismos que exige la normativa. Antes, por tanto, y no una vez aprobado definitivamente el PGOU por el Consell de Menorca.
Tercero, que el ex alcalde Pau Morlà afirme ahora que el Consell dejó en suspenso, al no tener suficiente justificación, el cambio del sistema dice mucho de la seguridad jurídica de los actos aprobados en el anterior mandato. Porque la falta de justificación se detectó en varios y sucesivos informes durante la tramitación del PGOU, en la que hubo avance del plan general, tres aprobaciones iniciales, y la aprobación provisional.
Cuarto, que se quiera traspasar ahora la responsabilidad de la sentencia al actual equipo de gobierno es realmente torticero. Así es porque una vez aprobado definitivamente el plan general con prescripciones (mejor no decir el número) y tras dejar en suspenso varios ámbitos del municipio, el anterior equipo de gobierno (PSOE-IU) redactó el texto refundido del plan general corrigiendo supuestamente las prescripciones impuestas y justificando los ámbitos suspendidos, según el acuerdo de aprobación definitiva del Consell del año 2009. Este texto se adoptó en el pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 11 de noviembre de 2010 con los votos a favor del Grupo Socialista y de Izquierda Unida y se envió al Consell para su aprobación. Hasta el mes de mayo de 2011, justo antes de las elecciones, el Consell siguió solicitando al Ayuntamiento la corrección de errores que no se habían subsanado. Y a partir de aquí no hubo ninguna petición de corrección o aclaración por parte del Consell, que aprobó el acuerdo del cumplimiento de las prescripciones y subsanación de deficiencias, y dejó los espacios libres privados de Cala en Porter tal cual la propuesta aprobada por el anterior equipo de gobierno de noviembre de 2010.
Y por último, reafirmar que este equipo de gobierno si solicitó el informe de telecomunicaciones a la Dirección General del Estado y que desgraciadamente el juez estima que el informe se debió solicitar antes del 2009.
Llegados a este punto, estamos codo con codo con el Consell tratando de resolver de la mejor forma y con la máxima rapidez esta indeseable situación. De momento, se han solicitado informes jurídicos para conocer las consecuencias de esta sentencia, y los pasos a seguir para volver a tener un instrumento de planeamiento con todas las garantías jurídicas.
Y para terminar, expresaré nuestra estupefacción ante la supuesta «sorpresa mayúscula» del exalcalde de Alaior por el desenlace de un procedimiento negligente.