El artículo 25 del Estatuto de los Trabajadores establece claramente que los trabajadores expuestos a condiciones laborales tóxicas, penosas o peligrosas tienen derecho a compensaciones económicas o reducciones en su jornada laboral. Este precepto legal, recogido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, obliga a las empresas españolas a remunerar adicionalmente a aquellos empleados cuyas tareas impliquen riesgos significativos para su salud o integridad física, garantizando así una protección económica ante situaciones laborales adversas. La normativa especifica textualmente que «los trabajadores que, por la naturaleza de su trabajo, estén expuestos a riesgos tóxicos, penosos o peligrosos, percibirán las compensaciones que se determinen en convenio colectivo o, en su defecto, las que se fijen por acuerdo individual».
Estas compensaciones pueden materializarse tanto en mejoras salariales como en reducciones del tiempo de trabajo, adaptándose así a las necesidades específicas de cada sector y situación laboral. No obstante, la ley también contempla que si las condiciones de riesgo desaparecen o disminuyen, la empresa podrá reducir o suprimir dichas compensaciones proporcionalmente. Este artículo cobra especial relevancia en sectores como la construcción, la industria química o la minería, donde los trabajadores están frecuentemente expuestos a condiciones potencialmente peligrosas. Las compensaciones establecidas buscan no solo reconocer el riesgo asumido por los empleados sino también incentivar a las empresas a mejorar las condiciones de seguridad en sus instalaciones.
Aunque el artículo 25 establece el derecho a estas compensaciones, la concreción práctica de las mismas viene determinada generalmente por los convenios colectivos de cada sector. Por ejemplo, el convenio del sector del metal de la Comunidad de Madrid establece un plus del 20% sobre el salario base para trabajadores expuestos a condiciones tóxicas, penosas o peligrosas, incrementándose hasta el 25% cuando concurren dos o tres de estas circunstancias simultáneamente. En el sector de la construcción, tradicionalmente considerado de alto riesgo, el convenio colectivo también contempla pluses específicos por penosidad, toxicidad y peligrosidad.
Estos suplementos salariales varían según la comunidad autónoma y la categoría profesional, pero suponen un reconocimiento tangible del riesgo adicional asumido por estos trabajadores en su desempeño diario. La minería, otro sector históricamente vinculado a condiciones laborales extremas, cuenta con compensaciones específicas para sus trabajadores. Estos pueden recibir pluses por exposición a polvo, ruido o temperaturas extremas, además de reducciones en la edad de jubilación como reconocimiento a la dureza de su actividad profesional a lo largo de su vida laboral.
Los convenios colectivos desempeñan un papel fundamental en la concreción de estas compensaciones, ya que adaptan los principios generales del Estatuto a las particularidades de cada sector y actividad. Según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en 2024 se firmaron más de 3.500 convenios colectivos en España, muchos de los cuales incluían cláusulas específicas sobre compensación por trabajos peligrosos. El sector del transporte, por ejemplo, incluye compensaciones para los conductores que realizan trayectos nocturnos, de larga distancia o en condiciones climáticas adversas.
Estas compensaciones pueden materializarse en forma de pluses salariales específicos o en períodos de descanso adicionales que permitan una mejor recuperación tras la exposición a situaciones de riesgo o fatiga. En la industria química, donde los trabajadores están potencialmente expuestos a sustancias tóxicas, los convenios suelen establecer pluses específicos por manipulación de productos peligrosos, además de rigurosos protocolos de prevención y equipos de protección individual financiados íntegramente por las empresas.
¿Qué ocurre si desaparecen los riesgos laborales?
El apartado 3 del artículo 25 especifica claramente que «en el caso de que por cambios en las condiciones de trabajo desaparezcan o disminuyan tales riesgos, se reducirá o suprimirá la compensación correspondiente». Esta cláusula incentiva a las empresas a invertir en mejoras de seguridad, ya que la eliminación de los riesgos puede suponer un ahorro en los complementos salariales abonados. No obstante, la jurisprudencia ha establecido que la supresión de estas compensaciones no puede realizarse de manera unilateral por parte de la empresa, sino que debe justificarse adecuadamente la desaparición efectiva de los riesgos y, en muchos casos, negociarse con la representación de los trabajadores.
¿Cómo reclamar las compensaciones por trabajo peligroso?
Los trabajadores que consideren que están realizando actividades tóxicas, penosas o peligrosas sin recibir la compensación correspondiente disponen de varias vías para reclamar sus derechos. El primer paso suele ser la comunicación a los representantes sindicales o al comité de empresa, quienes pueden mediar ante la dirección para solicitar la aplicación de los pluses establecidos en el convenio colectivo. Si esta vía no resulta efectiva, es posible presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo, que podrá realizar una visita al centro de trabajo para verificar las condiciones laborales y, en su caso, levantar acta de infracción contra la empresa.
Finalmente, existe la vía judicial, mediante la presentación de una demanda ante el Juzgado de lo Social competente. Los expertos en derecho laboral recomiendan documentar adecuadamente las condiciones de trabajo peligrosas, mediante fotografías, testigos o informes médicos que acrediten posibles daños a la salud, para facilitar la reclamación de las compensaciones establecidas en el artículo 25 del Estatuto de los Trabajadores.
El Estatuto de los Trabajadores constituye el marco normativo básico que regula las relaciones laborales en España. El artículo 25, centrado específicamente en los trabajos tóxicos, penosos o peligrosos, se enmarca en un conjunto más amplio de disposiciones orientadas a proteger la salud y seguridad de los trabajadores. Esta normativa se complementa con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que establece obligaciones específicas para las empresas en cuanto a evaluación de riesgos, formación de los trabajadores y adopción de medidas preventivas. La combinación de ambas legislaciones busca garantizar no solo la compensación económica por trabajos peligrosos, sino también minimizar estos riesgos mediante políticas preventivas efectivas.
Y ahora saldrán un montón de trabajadores reclamando este plus, igual que las que piden la baja por tener la menstruación, porque habrá que si, es cierto que lo necesitan, peeero también gente aprovechada 🤦, cada caso tendría que ser estudiado