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Si gastas más de 25.000 euros anuales de tu tarjeta, el banco dará tu nombre a Hacienda: la nueva exigencia de la Agencia Tributaria

Entidades financieras y de dinero electrónico deberán reportar a Hacienda datos detallados sobre préstamos, movimientos y operaciones con tarjetas

Hacienda intensifica los controles para luchar contra el fraude fiscal | Foto: Freepik

| Palma |

En el contexto actual de lucha intensificada contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, la Agencia Tributaria ha impuesto nuevas exigencias informativas a las entidades financieras, que también afectan a entidades de dinero electrónico. Estas modificaciones, recogidas en el Real Decreto 253/2025 aprobado recientemente, apuntan a reforzar el control sobre las operaciones económicas que realizan los titulares de cuentas bancarias y tarjetas de crédito o débito en el país. Entre las principales novedades destaca que los bancos y entidades similares estarán obligados a suministrar a Hacienda datos sobre los usuarios que realicen movimientos con tarjetas por importes que superen los 25.000 euros anuales.

Este nuevo umbral marca un punto de inflexión en la presentación de información y busca mejorar la identificación de flujos financieros sospechosos que puedan encubrir actividades ilícitas. Además, se amplían sustancialmente las categorías de cuentas y productos financieros sujetos a vigilancia, sin importar la modalidad o la denominación que adopten, incluyendo cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo y cuentas de pago, entre otras. El núcleo de las modificaciones realizadas por el Real Decreto articula nuevos requisitos sobre la información que las entidades deben remitir a la Agencia Tributaria.

En primer lugar, se establecen las condiciones bajo las cuales deben informar sobre los titulares de cuentas y sus movimientos. Esto incluye los datos identificativos completos de cada titular, los saldos a fecha de 31 de diciembre, el saldo medio del último trimestre del ejercicio y los totales de cargos y abonos durante todo el año fiscal. En relación con préstamos, créditos y movimientos en efectivo, las entidades deberán declarar a Hacienda las operaciones que superen determinados límites: los saldos por préstamos y créditos que excedan los 6.000 euros a 31 de diciembre y movimientos de fondos o cobros de documentos por encima de los 3.000 euros.

Estas medidas pretenden tener un control más específico de las fuentes y destinos del dinero, sobre todo cuando estas cantidades superan umbrales significativos. Especial atención merece el apartado dedicado a las tarjetas. Según el artículo 38 ter del decreto, los bancos deben presentar anualmente una declaración con detalle de todas las transacciones realizadas con cualquier tipo de tarjeta cuyo total de cargos y abonos sea superior a 25.000 euros en un año. En la información remitida debe figurar el tipo de tarjeta, la identidad del titular y los ingresos totales acreditados en la misma, incluyendo recargas en efectivo o cualquier otro aporte.

6 comentarios

Gladiator Gladiator | Hace un mes

Pájaros. Ya no tienen la sus fiestas y las debemos pagar nosotros. Sinvergüenza sss

user Ok1 | Hace un mes

Intento utilizar siempre el dinero en metálico. No me gusta que me controlen todo lo que gasto y menos esos corruptos mafiosos que nos gobiernan.

user Diwgo | Hace un mes

BURNELo son, lo son, lo que pasa es que no se nota tanto, no es noticia...

user BURNE | Hace un mes

Lo que me sorprende es que nos sean igual de quisquillosos y controladores con los que reciben subsidios, Ongs, complementos, mínimos vitales, perceptores de paro, etc..

user Filopator | Hace un mes

Cada dia que pasa con este gobierno somos más un estado policiaco. Ríete de la Stasi o la KGB.

El Badajo El Badajo | Hace un mes

Quieren saber hasta de qué sabor era el chicle que compraste. Maleantes.

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