El Gobierno ha dado luz verde definitiva a una medida que llevaba meses en el aire y que afectará a millones de usuarios en España. El Consejo de Ministros ha aprobado este 2026 el real decreto que regula el Registro de Vehículos Personales Ligeros, un sistema obligatorio para todos los propietarios de patinetes eléctricos y dispositivos similares que circulan por las calles españolas.
Ahora, Tráfico retoma el proyecto con más fuerza que nunca para poner orden en un sector que ha crecido exponencialmente en los últimos años. Según datos oficiales, cerca de cuatro millones de vehículos de movilidad personal circulan actualmente por todo el territorio nacional, una cifra que justifica la necesidad de establecer mecanismos de control y seguridad para usuarios y peatones.
La nueva regulación no solo implica el registro del vehículo, sino que establece la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para poder circular legalmente. Esta medida da cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025 de 24 de julio, que modificó la legislación sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Las sanciones por incumplimiento son contundentes: multas de entre 202 y 610 euros por no tener seguro, y de entre 250 y 800 euros por circular sin él, dependiendo de si el dispositivo se considera vehículo personal ligero o vehículo a motor.
Procedimiento de registro según la antigüedad del patinete
El proceso de inscripción varía significativamente según cuándo se adquirió el vehículo. Para los patinetes eléctricos comprados a partir del 22 de enero de 2024, el trámite resulta relativamente sencillo. Estos dispositivos ya cuentan con una certificación obligatoria que recoge todas las características técnicas del vehículo, información que se encuentra grabada en una placa situada en el chasis. Este certificado permite a los agentes de tráfico verificar si un patinete cumple la normativa o ha sido modificado para superar el límite legal de velocidad de 25 kilómetros por hora.
Los propietarios de estos vehículos modernos solo necesitarán acceder a la sede electrónica de Tráfico y cumplimentar el número de certificado junto con el número de serie del dispositivo. Una vez completado este paso, se expedirá un certificado de inscripción digital que acreditará que el vehículo está debidamente registrado. La propia administración mantiene en su página web un listado actualizado con todos los patinetes homologados para su venta en España, similar al sistema utilizado con las balizas de emergencia V-16.
El problema de los patinetes antiguos sin certificado
La situación se complica considerablemente para quienes adquirieron su vehículo antes de enero de 2024. Estos usuarios se enfrentan a un proceso más complejo, ya que sus patinetes carecen del certificado obligatorio que ahora exige la normativa. Para registrar estos dispositivos, resulta imprescindible presentar la factura de compra o la ficha técnica del vehículo, además de una fotografía del mismo.
El verdadero problema surge cuando el propietario no conserva la factura original. En estos casos, la única vía posible consiste en homologar el vehículo mediante un laboratorio certificado por las autoridades de Tráfico para obtener la documentación técnica necesaria. Este proceso implica costes adicionales que pueden resultar significativos para muchos usuarios, especialmente si el valor del patinete no es muy elevado.
Una vez obtenido el certificado correspondiente, la administración emitirá una pegatina identificativa que deberá colocarse en un lugar visible del vehículo, siguiendo un sistema similar al de los distintivos medioambientales que llevan los automóviles. Sin este certificado no es posible completar el registro, y sin registro resulta imposible contratar el seguro obligatorio. Consciente de las dificultades que esto plantea, Tráfico ha establecido un periodo de transición que se extiende hasta el 22 de enero de 2027. A partir de esa fecha, circular con un vehículo de movilidad personal sin certificado quedará terminantemente prohibido.
Plataforma digital y proceso de tramitación
Aunque el Consejo de Ministros ya ha aprobado el real decreto, la plataforma digital donde se realizarán los trámites aún no está operativa. Fuentes de Tráfico aseguran que el sistema estará disponible «en los próximos días», sin especificar una fecha concreta. La administración también ha anunciado que trabaja en facilitar el proceso mediante acuerdos con las compañías aseguradoras, de forma que sea posible registrar el patinete al mismo tiempo que se contrata el seguro obligatorio.
Además, se están negociando convenios con los establecimientos comerciales para que el registro pueda efectuarse en el momento de la compra, evitando así trámites posteriores a los nuevos usuarios. Esta medida busca simplificar al máximo el cumplimiento de la normativa y reducir las cargas administrativas.
Sanciones y plazos de obligatoriedad
La nota de prensa oficial confirma la existencia de sanciones económicas importantes, pero deja una incógnita crucial sin resolver: ¿a partir de qué fecha será obligatorio tener el vehículo registrado y asegurado para evitar las multas? Consultadas al respecto, las autoridades de Tráfico no han proporcionado fechas exactas ni plazos concretos, limitándose a señalar que se informará oportunamente cuando la plataforma esté en funcionamiento.
Lo único confirmado hasta el momento es que los patinetes sin certificado disponen hasta el 22 de enero de 2027 para obtenerlo, pero se desconoce si existirá un periodo de gracia adicional para completar el registro y contratar el seguro. Esta falta de claridad genera incertidumbre entre los millones de usuarios que utilizan diariamente estos vehículos para desplazarse por las ciudades españolas.
s.No metas a todos/as en el mismo ajo,hay gente que cumple con la normativa lo cómodo que es,no coges coche no contaminas,no seas tan amargado disfrute más.