La normativa técnica que regula la construcción en España define con precisión qué obras deben cumplir con los requisitos establecidos por la legislación vigente. El artículo 2 del Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado mediante el Real Decreto 314/2006 del 17 de marzo, establece de manera clara el ámbito de aplicación de estas exigencias, delimitando qué proyectos constructivos están obligados a ajustarse a sus disposiciones y cuáles quedan exentos de cumplir con la totalidad de sus requisitos.
Desde su entrada en vigor hace casi dos décadas, este marco regulatorio ha experimentado diversas modificaciones para adaptarse a las nuevas necesidades del sector de la construcción. En 2025, la interpretación correcta de este artículo resulta fundamental tanto para profesionales del sector como para particulares que planean realizar obras en sus propiedades, ya que determina la obligatoriedad de obtener licencias y cumplir con estándares técnicos específicos.
La normativa se aplica en los términos establecidos por la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE), afectando tanto a edificaciones públicas como privadas cuyos proyectos necesiten disponer de la correspondiente licencia o autorización municipal. Esta vinculación entre el CTE y la LOE establece un sistema coherente que garantiza la seguridad y calidad de las construcciones en todo el territorio español.
Aplicación en obras de nueva construcción
El CTE resulta de aplicación obligatoria en las obras de edificación de nueva construcción, aunque con una excepción significativa que conviene conocer. Quedan fuera de su alcance las construcciones de sencillez técnica y escasa entidad constructiva, siempre que cumplan simultáneamente varios requisitos: no pueden ser de carácter residencial ni público, deben desarrollarse en una única planta y no pueden afectar a la seguridad de las personas.
Esta excepción está pensada para pequeñas construcciones auxiliares como casetas de aperos, almacenes agrícolas de dimensiones reducidas o estructuras similares que no implican riesgo para los usuarios. Sin embargo, la interpretación de qué constituye exactamente una construcción de «sencillez técnica y escasa entidad» ha generado cierta controversia en la práctica, siendo recomendable consultar con técnicos competentes en cada caso particular.
Para el resto de edificaciones nuevas, el cumplimiento del CTE resulta imperativo, debiendo justificarse en el proyecto técnico correspondiente que acompañará la solicitud de licencia municipal. Esta documentación debe demostrar que el diseño propuesto satisface todas las exigencias básicas establecidas en los diferentes Documentos Básicos del Código.
Intervenciones en edificios existentes
Uno de los aspectos más relevantes de la normativa es su aplicación a las intervenciones en edificios ya construidos. Cualquier reforma, ampliación, rehabilitación o modificación de un inmueble existente debe cumplir con las disposiciones del CTE, adaptándose a las circunstancias particulares de cada intervención.
El cumplimiento de estas exigencias debe justificarse mediante un proyecto técnico o, en su caso, una memoria técnica firmada por un técnico competente, documentación que acompañará la solicitud de licencia o autorización de obras ante el ayuntamiento correspondiente. Esta obligación garantiza que las intervenciones en edificios existentes alcancen los estándares de seguridad y habitabilidad exigibles.
La aplicación del CTE en edificios existentes presenta particularidades específicas que los Documentos Básicos desarrollan con detalle. En muchos casos, resulta inviable o desproporcionado alcanzar los mismos niveles de prestaciones exigibles a edificios nuevos, por lo que la normativa contempla soluciones alternativas que mejoren las condiciones preexistentes sin imponer cargas técnicas o económicas excesivas.
Cambios de uso en edificaciones
El artículo 2 también regula los supuestos de cambio de uso característico de un edificio existente, situación cada vez más frecuente en el contexto urbano español. Cuando un inmueble modifica su destino original —por ejemplo, de industrial a residencial, o de oficinas a viviendas— deben cumplirse las exigencias básicas establecidas por el Código Técnico.
Si el cambio de uso afecta únicamente a parte del edificio o establecimiento, las exigencias se cumplirán según lo establecido específicamente en los Documentos Básicos del CTE. Esta precisión resulta especialmente relevante en edificios de gran tamaño donde pueden coexistir diferentes usos, o en procesos de transformación gradual de inmuebles.
La normativa exige que estos cambios de uso se justifiquen técnicamente mediante la documentación apropiada, garantizando que las nuevas condiciones de utilización resulten seguras y adecuadas para los ocupantes. En muchos casos, esto implica actualizaciones en sistemas de protección contra incendios, accesibilidad o eficiencia energética.