El próximo 6 de abril comienza la campaña de la Renta 2022 y terminará el 30 de junio. Según el calendario del contribuyente, a partir de ese mismo días se puede realizar por Internet, a partir del 5 de mayo se podrán presentar declaraciones vía telefónica y de manera física entre el 1 y el 30 de junio. Sin embargo, como cada año, según la situación de cada personas se plantean diferentes preguntas. En el caso de los pensionistas, ¿quiénes están exentos de hacer la declaración de la renta y quiénes no?
En rasgos generales la respuesta a la pregunta es que la mayoría de los pensionistas sí deben presentarla, ya que la pensión contributiva que da la Seguridad Social cuando alguien se jubila se considera como un rendimiento del trabajo por lo que habría que declararla. Pero, como en casi todo existen excepciones.
¿Qué pensiones no tienen que presentar la declaración?
Los pensionistas cuya paga no supere los 22.000 euros anuales estarán exentos de presentar la declaración de la renta, siempre que solo haya un pagador. En cambio, los pensionistas cuyo rendimiento capital mobiliario supere los 1.600 euros al mes sí están obligados a presentarla. También tienen que hacerla aquellos que reciben una paga en otro país superior a los 1.500 euros mensuales.
Si un pensionista recibe pagas de dos pagadores solo estará libre de presentar el IRPF cuando sus ingresos no superen los 14.000 euros, siempre que los procedentes del segundo y siguientes pagadores hayan sido mayor de 1.500 euros.
¿Y los planes de pensiones?
Los pensionistas que estén recuperando de forma parcial o total el dinero metido en un plan de pensiones también están obligados a realizar la declaración de la renta. Las pensiones de orfandad, por incapacidad permanente, absoluta y de gran invalidez están exentas de la Agencia Tributaria.