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Un juez absuelve al padre de Rosa Peral porque su mentira como testigo no tuvo influencia

Sostiene que existe prueba de cargo «suficiente y bastante» para concluir que el padre de Peral mintió en el juicio

El padre de Rosa Peral | Foto: Efe

| Barcelona |

Un juez ha absuelto de un delito de falso testimonio al padre de Rosa Peral al concluir que sus mentiras como testigo en el juicio por el denominado crimen de la Guardia Urbana tuvieron una «escasa influencia» en la sentencia en la que su hija fue condenada a 25 años de cárcel por matar a su pareja.

En la sentencia, el titular del juzgado penal número 5 de Barcelona da por hecho que el padre de la exagente de la Urbana, para quien la Fiscalía pedía un año y cuatro meses de cárcel y una multa de 1.800 euros por falso testimonio, mintió en su testifical en el juicio. No obstante, le absuelve al concluir que sus mentiras no tuvieron una «verdadera afectación material» en el caso ni ninguna «relevancia» para determinar la inocencia o culpabilidad de su hija.

Durante el juicio en febrero de 2020 en la Audiencia de Barcelona por el crimen de la Guardia Urbana, el padre de Peral, siendo conocedor de la «falsedad» de su testimonio, según el juez, negó que el 14 de mayo de 2017 confesara a los Mossos que su hija le había pedido que mintiera y que asegurara a los agentes que había visto a la víctima un día después del crimen. Sin embargo, los Mossos d'Esquadra con los que habló el padre de Peral reiteraron en el juicio que éste les confesó que había mentido, extremo que quedó ratificado en la sentencia que condenó a Rosa Peral a 25 años de cárcel y a Albert López a 20 años por matar a la pareja de ella.

La defensa del padre de Peral alegó en el juicio por falso testimonio que el 26 de mayo de 2017, cuando compareció ante el juzgado de guardia que investigaba el crimen, declaró que lo que les había dicho a los Mossos d'Esquadra era un error y que el 2 de mayo, el día después del asesinato, no había visto a la víctima. El juez sostiene que existe prueba de cargo «suficiente y bastante» para concluir que el padre de Peral mintió en el juicio, ya que es «evidente» que en el momento en que declaró sabía «perfectamente» que faltó a la verdad en lo que afirmó.

Sin embargo, en aplicación del principio de «intervención mínima» en el derecho penal, el juez se remite a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que resalta que la mentira sobre circunstancias ajenas al objeto del proceso que no perjudiquen la función de la administración de justicia no pueden ser consideradas delito de falso testigo.

«Es evidente que el acusado, siendo sabedor de la falsedad, ha negado rotundamente que el 14 de mayo de 2017 dijese a los agentes que quería declarar toda la verdad y que anteriormente les había mentido por indicación de su hija», insiste el juez. De entrada, remarca el magistrado en su sentencia, esta declaración supone un «atentado al normal funcionamiento de la administración de justicia», ya que los testigos están obligados a decir la verdad. Sin embargo, subraya que se debe tener en cuenta el «impacto» de la falsedad en el proceso y recuerda que el padre de Peral admitió en fase de instrucción este «error», por lo que desde el primer momento las declaraciones judiciales se hicieron en el sentido que el 2 de mayo no vio a la víctima.

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