El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado los 28 y cuatro meses de cárcel impuestos en total a dos funcionarios de Instituciones Penitenciarias por urdir actividades ilegales en el centro penitenciario de Palma entre 2002 y 2008, entre ellas el envío de una caja con un corazón de cerdo en estado de putrefacción al director de la prisión, la entrada de aparatos prohibidos en la cárcel y la venta de bebidas alcohólicas.
En concreto, el Alto Tribunal confirma la condena de 16 años de prisión que la Audiencia Provincial de Balears impuso a Antonio C.O., quien, valiéndose de su condición en la cárcel, se erigió en el líder de un grupo de funcionarios del centro quienes, guiados por el ánimo de lucro de enriquecerse ilícitamente y ejercer un poder de control y dominio sobre los internos y el resto de funcionarios, comenzó a desplegar las anteriores actividades irregulares.
Asimismo, ha devenido firme la pena de doce años y cuatro meses de privación de libertad que pesa sobre Mario F.L., quien, en connivencia con el anterior acusado, llevó a cabo actuaciones similares para rivalizar con el grupo de Antonio C.O.
En una contundente sentencia, el tribunal de la Sección Primera subrayaba que «la corrupción es despreciable desde todos los puntos de vista, pero si hay algo que repugna es que la cometa un miembro de un cuerpo de una Administración pública», en este caso de Instituciones Penitenciarias, que «tiene como fin primordial la reeducación y la reinserción de los sentenciados a penas», tiene a su cargo «una labor asistencial y de ayuda a los internos y por eso mismo tiene la obligación legal -y moral- de ser honrado y honesto», subraya la sentencia en sus fundamentos jurídicos.
Unos hechos por los que la magistrada ponente del tribunal, Francisca Ramis, hacía «expresa repudia» ante la conducta de los acusados, quienes «haciendo una clara, patente y grosera dejación de sus obligaciones como funcionarios, se lucraron y se beneficiaron a costa de los internos y reclusos que estaban bajo su cuidado o custodia, abusaron de su dominio y se aprovecharon de ellos en beneficio propio, fuera puramente crematístico (dinero) o de otros (sexual)».
«Sin duda causaron un grave perjuicio no sólo a los internos que, en atención a su adicción, debilidad emocional y falta de libertad, y sobre todo miedo y temor, accedieron a sus pretensiones», incidía la Sala, aseverando que esa «perversidad e inocuidad» a través de esa «trama corrupta» debe tener «su reflejo penológico puesto que sin duda repercutió y traicionó el crédito de Instituciones Penitenciarias».
La sentencia, de un total de 85 páginas y ahora confirmada, relataba entre los hechos principales cometidos por los reos, cómo en mayo de 2008 Antonio C.O., con ánimo de intimidar y amedrentar al director del centro penitenciario y en represalia por haberle expedientado por determinados comportamientos, le envió a su esposa -bajo el remitente de 'Asociación Cultural Gitana'- un paquete que contenía un corazón de cerdo en estado de putrefacción, tras convencer para ello a una interna con el argumento de que quería gastarle una broma a un amigo.
Otra de las acciones que han sido consideradas probadas sucedió después de que Patrick D. le manifestase su pesar por no poder comunicarse más a menudo con su esposa, por lo que el funcionario le ofreció la posibilidad de facilitarle un móvil a cambio de 500 euros, a sabiendas de que su posesión estaba prohibida por la reglamentación del centro.
Al respecto, el tribunal relataba cómo el acusado, al enterarse de que Patrick D. acabó admitiendo ante las autoridades la procedencia del aparato, le hizo llegar a través de otra interna una nota en la que le pedía que rectificase ya que, rezaba en su escrito, «estoy llorando todo el día y si sigues adelante te meterían un delito a ti, a mí y a tu mujer, que les ha dicho que contactaba conmigo en la calle».
ALCOHOL Y DROGAS PARA LOS INTERNOS A CAMBIO DE DINERO
Mientras tanto, en multitud de ocasiones y de forma continuada, según la resolución, Antonio C.O. hacía llegar a los reclusos alcohol, cocaína y heroína a sabiendas de que se trataba de género prohibido, todo ello a cambio de dinero que pedía y que le entregaban en la calle familiares o amigos de los internos. A una de las reclusas, en tercer grado, le propuso además ir a su domicilio valiéndose de su cargo en prisión para mantener relaciones sexuales y ofrecerle cocaína, asegurándole que podría cambiar su analítica al volver a prisión.
De forma paralela, también Antonio P.M., bien por dinero o bien para granjearse favores sexuales, hizo llegar a los internos alcohol y sustancias estupefacientes, siendo dos de ellos los destinatarios más frecuentes, consciente de que estaba prohibido.
Es más, este acusado, al sentir «una gran fijación sentimental» hacia uno de los internos, con la finalidad de que la novia de éste rompiera con él, le envió seis cartas, con un remitente simulado, que contenía expresiones como «afilando el cuchillo de trinchar pavos estoy, tardo tanto en escribir como en comer, vas a acabar como los judíos en Alemania, con el pelo rapado al cero». A otro recluso le propuso, aprovechando su posición, mantener relaciones sexuales aunque fue rechazado.
En concreto, sobre Antonio C.O. pesan los delitos de atentado, continuado de cohecho, abuso de funciones y revelación de secretos, mientras que a Mario F.L. se le condena por un ilícito continuado de cohecho, abuso de funciones y amenazas.