La Sala de lo Contencioso del TSJIB deniega la petición del Govern para poder exigir un 'pasaporte COVID' en grandes eventos culturales o deportivos. El auto sigue el criterio de la Fiscalía y considera que este requisito solo es proporcionado para el acceso a residencias de mayores al tratarse de un colectivo «especialmente vulnerable».
El auto considera que la petición del Govern contiene «generalidades y muy poca concreción». Considera que ya hay una serie de medidas que se aplican en esos ámbitos como el uso de mascarillas o la reducción de aforos: «Si estas no resulta suficientes, será entonces y ante la evidencia demostrable el momento de aumentar su intensidad».
Así, considera que no se ha demostrado la necesidad de esa medida ni su proporcionalidad. «La verdad es que se desconoce por qué el número de 2.500 asistentes en instalaciones abiertas o de 500 en instalaciones cubiertas. La petición es tan genérica como inconcreta».
Las tres magistradas que firman el auto también reprochan que se opte por una «solución radical y limitativa de derechos». Valora que estar vacunado no garantiza que no se esté contagiado y considera que el pasaporte «más que una finalidad preventiva sanitaria persigue mover u obligar a la ciudadanía a vacunarse».
El auto también rechaza las condiciones que planteaba el Govern para celebrar bodas, bautizos o comuniones, en las que limitaba la asistencia a 120 personas. La Sala considera que tampoco se ha motivado el por qué esa cifra y no otra