Un paciente que quedó parapléjico después de una operación reclama más de dos millones de euros al IB-Salut. El afectado fue intervenido de una hernia inguinal, una operación común, que se complicó con una hemorragia en la médula espinal que tardó tres días en ser operada. Lo ocurrido le ha dejado de manera permanente e irreversible en una silla de ruedas y ahora mismo se encuentra ingresado en un centro para parapléjicos de la Península. La inspección médica y la dirección general de Salut ha desestimado la reclamación pero un dictamen perceptivo sí estima que debe ser indemnizado con medio millón de euros.
La intervención se llevó a cabo en un hospital público en noviembre de 2020. Al día siguiente de la operación el paciente comenzó a quejarse de dolor en una pierna y en la espalda. Fue tratado con analgésicos. La situación empeoró y un día más tarde refirió que no sentía las piernas ni nada de cintura para abajo. Sin embargó aún tuvo que esperar 24 horas más para que se le hiciera un TAC que detectó una hemorragia. Se le retiraron los anticoagulantes que se le habían administrado por otra dolencia y fue operado de urgencia. Sin embargo, los daños no pudieron revertirse y quedó en una situación de paraplejia. Esa hemorragia entraba, según la inspección médica dentro de los «riesgos inherentes de cualquier cirugía».
Sin negligencia
El dictamen del Consell Consultiu descarta que existiera una negligencia médica en base a los informes periciales aportados durante el expediente. Sin embargo, aplica la doctrina del «daño desproporcionado». Señala que, ante unos efectos de esa gravedad y que no eran previsibles, le corresponde a la administración demostrar que se han puesto todos los medios necesarios y que la actuación ha sido correcta. Y es, precisamente, por esa falta de prueba por lo que entiende que sí corresponde abonar una indemnización al afectado.
«La relación entre el daño desproporcionado, haber quedado parapléjico y una intervención considerada ordinaria se debe considerar evidente al existir una lesión ya permanente de incalculables efectos sobre la vida del paciente», señala. El dictamen señala que «ciertamente no se ha acreditado una mala praxis» pero sí que resulta admisible una indemnización ya que no es el paciente el que debe acreditar el la negligencia sino la administración que lo ha hecho bien. «El resultado es antijurídico y confirma la procedencia de la reclamación», concluyen. En cualquier caso, el seguro del IB-Salut no tendría que asumir el pago de los más de dos millones reclamados sino asumir una responsabilidad parcial.