La Audiencia Nacional absuelve a los seis acusados de formar una célula yihadista en Inca. El tribunal admite que los seis «son seguidores de la línea más radical del Islam y simpatizan con los postulados del Daesh» pero, sin embargo considera que sus actividades no llegaron a suponer que se prepararan de forma activa para cometer alguna acción terrorista. «No basta la mera inclinación de delinquir», recuerdan los magistrados que concluyen que no hay pruebas de que el grupo buscara «capacitarse para cometer un delito», como sostenía la Fiscalía.
El Ministerio Público reclamaba condenas de ocho años de prisión para un clérigo que fue arrestado en Birmingham en 2017 y que había visitado Mallorca en dos ocasiones. La misma pena era la que pedía para uno de los residentes en la Isla que había sido más activo y que luego se mudó a Alemania, donde fue arrestado. En la capital del Raiguer fueron capturados los otros cuatro acusados en una operación llevada a cabo en julio de 2017 ante el miedo de que pudieran cometer un atentado. Se les pedían cinco años de cárcel.
El tribunal valora que el principal elemento de cargo, una serie de vídeos de YouTube con el título 'Tufiq se fue a Siria' tiene un contenido equívoco y no está claro que incitara a unirse a la lucha salafista en Oriente Medio ni al Estado Islámico. Valora que buena parte del mensaje reflexiona sobre dejar a la familia y en especial a los padres para marcharse a Siria y que, en una cuarta parte la historia gira y aparece el protagonista arrepentido por haber abandonado a sus mayores. «El cuarto vídeo desanima a cualquiera a hacerlo», señala el fallo. Así, valoran que el clérigo, muy conocido en internet y famoso en la comunidad islámica en Europa por sus vídeos, «comulga con la versión más radical del Islam» pero sin embargo, los mensajes de sus sermones «no son unívocos».
Lo mismo ocurre con la ingente cantidad de material propagandístico que se encontró en los dispositivos informáticos de los acusados. Entre ellos vídeos «especialmente escabrosos», según valora la sentencia. La mera tenencia de ese material, siguen los magistrados, sería la primera condición para integrar un delito de captación y adoctrinamiento terrorista. Sin embargo, el tribunal echa en falta el segundo paso en las pruebas, el de querer emplearlo con esos fines. De esta manera, opta por absolver a todo el grupo.
Sin muertos no hay condena y si los muertos no bajan de 100 no pisan la carcel.... esta es la mierdajusticia española.