El Tribunal Supremo confirma la obligación de dos divorciados mallorquines a compartir por turnos una casa de la que disponen en la Isla: un año para cada uno. La expareja lleva más de una década de enconado pleito por el uso de la propiedad y ha llegado incluso a que la Sala de lo Civil del Alto Tribunal aproveche su caso para sentar jurisprudencia ante lo inusual de lo ocurrido.
La pareja se divorció hace más de dos décadas. Tenían una finca rústica en Mallorca con una vivienda y, durante un tiempo ese fue el lugar en el que residió la mujer con su hijo menor de edad. Sin embargo, ese uso se terminó aunque la propiedad seguía siendo conjunta. A partir de ahí, la mujer fue la que mantuvo de forma exclusiva el dominio sobre el inmueble que se empleaba como segunda residencia. El exmarido consideraba ese uso en la demanda «arbitrario e injusto» y reclamaba un sistema de turnos por el que la emplearan un año uno y el siguiente, el otro, algo que resolvió un juzgado de Primera Instancia y confirmó la Audiencia.
El conflicto que ha terminado en el Supremo es que, en el año 2012 ya existió un pleito sobre la vivienda que también inició el marido. En ese caso se trataba de extinguir la comunidad de bienes entre él y su expareja y el dominio d ese bien. Los tribunales le dieron la razón y, la consecuencia lógica de esa sentencia hubiera sido la venta de la propiedad y el reparto del dinero obtenido entre ambos. Sin embargo, ese fallo judicial nunca se llegó a ejecutar y el inmueble se quedó igual que estaba, bajo el control de la mujer.
Así estuvo otros siete años hasta que el exmarido puso la segunda demanda. Entonces es cuando se genera la duda que ha querido resolver el Supremo. La representación de la mujer sostenía que, una vez disuelta la comunidad de bienes, el marido había consentido el uso de la casa durante todo ese tiempo y que, por lo tanto, no podía acceder a un uso compartido. La Audiencia Provincial primero y ahora el Supremo consideran que, como no se llegó nunca a ejecutar la sentencia, la comunidad de bienes aún existe y que, por lo tanto, el exmarido tiene derecho a usar también el bien común. Eso sí, un año cada uno. Así llevan cinco años.
MargaSí, así sería perfecto. Pero como ha vivido del cuento durante años a la parte no le va bien.