El Gobierno central reivindica la regulación del 'Airbnb náutico' en Baleares como una competencia estatal para justificar así porqué ha presentado un contencioso contra el decreto autonómico de la náutica balear con el que el Govern trata de impedir que los propietarios de embarcaciones particulares las puedan alquilar con fines turísticos hasta tres meses al año.
Cabe recordar que el 1 de enero de 2026 entró en vigor la normativa estatal que abre la posibilidad de compaginar el uso privado y turístico de las llamadas embarcaciones de la lista séptima. Tanto el Govern como la patronal del chárter náutico advierten que la medida «tendrá un impacto sobre la seguridad de la navegación marítima y sobre el medio ambiente».
El Govern aprobó el pasado verano un decreto que establece la obligación de que todas las embarcaciones que se destinen al alquiler turístico dispongan de un puesto autorizado en las Islas para embarcar y desembarcar al pasaje. A la vez advierte que los particulares que quieran explotar sus naves como negocio turístico, que perderán el derecho a amarrar en los puertos públicos de Ports IB que son de gestión autonómica.
Disconforme con esta normativa el Gobierno central advirtió hace ya meses al Govern de que veía indicios de invasión de competencias en la misma. El Govern contestó en tiempo y forma, pero se mantuvo en sus trece de modo que serán los tribunales quienes tengan la última palabra. El Ministerio ya ha notificado la interposición de un contencioso contra la legislación autonómica.
«El decreto invade competencias que son del Estado y si hay que regular el cambio de lista para alquiler temporal y limitarlo es algo que corresponde al Estado, no a la Comunidad Autónoma», argumentan fuentes del Gobierno central.
A pesar de su rechazo a la alternativa autonómica el Ministerio de Transportes asegura que aprobará una modificación de la normativa estatal en vigor desde el 1 de enero, para limitar la posibilidad del 'Airbnb náutico' en territorios turísticamente tensionados como Baleares. El problema es que la norma nacional ya está en vigor. Los propietarios pueden iniciar los trámites para sumarse al negocio y todavía la prometida excepción no ha visto la luz.
«Los planes del gobierno de España siguen siendo los mismos, establecer una modificación normativa que limite esta posibilidad de cambio de lista para alquiler temporal en aquellos territorios donde se dé una saturación del espacio marítimo o las condiciones de seguridad náutica así lo justifiquen, pero es algo que tenemos que hacer, y regular, desde el Estado, no desde la Comunidad autónoma», dice el Minissterio.
El Gobierno central defiende que «el Decreto balear 44/2025 contiene normas que regulan o prohíben aspectos del régimen de explotación comercial, la matriculación y el cambio temporal de uso de embarcaciones, materias que integran el ámbito del art. 149.1.6.ª y 20.ª de la Constitución Española», motivo por el que han decidido presentar un recurso de anticonstitucionalidad contra el ejecutivo balear.
El requerimiento previo a la presentación del recurso se notificó el 2 de octubre de 2025 «en la medida que las observaciones sobre esta cuestión no fueron atendidas en el decreto finalmente aprobado», afea.
Otra cosa que me olvidaba: una solución real sería poner campo de boyas de fondeo a un precio razonable en las calas, con reserva previa y prohibiendo que reserven las empresas. Yo tengo una barca pequeña y cuando salgo voy directamente a Cala Blava por la boya: tranquilidad absoluta. Reservas, tienes el sitio asegurado, sin problemas de colisiones, no hace falta madrugar, puedes nadar tranquilo y el fondeo es seguro. En cambio, sitios como Portals Vells son una locura meterse: saturación total y cero seguridad.