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El sector empresarial Balear se moderniza

‘La modernización y la simplificación administrativa’ es uno de los cuatro ejes de la Ley para la Circularidad y la Sostenibilidad en el Turismo. Su principal objetivo es impulsar la actividad económica y simplificarla, además de crear una clasificación hotelera ajustada a los nuevos tiempos

Uno de los principales objetivos de este eje es la transformación del turismo. | R.L.

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La modernización y la simplificación administrativa se enmarcan dentro de un marco más amplio cuyo objetivo es la transformación del turismo, lo que supondrá un avance hacia la circularidad para favorecer la sostenibilidad económica, social y medioambiental del turismo en las Islas Baleares. Para conseguirlo, el Govern ha pactado con las principales organizaciones empresariales y las organizaciones sindicales de las Islas una hoja de ruta que aborda estos nuevos retos. Las directrices para encaminar esta hoja de ruta se basan en otros tres pilares fundamentales además del surgido en torno a la nueva normativa turística:

  • Una apuesta por la formación, que permitirá mejorar la calidad de la ocupación, la competitividad de las empresas y el desarrollo de nuevos productos turísticos.
  • Una estrategia de circularidad en destino, con una fuerte apuesta por la formación en circularidad turística.
  • Una modernización de los procesos de gestión, comercialización y digitalización, con implantación del Big Data y la inteligencia de datos.

Una apuesta por la calidad

A través de la nueva ley turística, se actualizan los criterios para conseguir un sector hotelero más competitivo, que apueste firmemente por la calidad del servicio y no por la cantidad de pernoctaciones. Y para ello, se han tenido en consideración los siguientes aspectos para una nueva clasificación hotelera:

  • Los estándares de las categorías más bajas se incrementan, con la intención de subir la calidad mínima.
  • Se modernizan las exigencias: criterios relacionados con los televisores en las habitaciones que ahora incluyen la petición de que tengan acceso al contenido digital, así como también se valorará la disponibilidad de altavoces sin cables en las habitaciones.
  • Se simplifican los criterios, eliminando puntos que han quedado obsoletos. Por ejemplo, la eliminación del criterio de disponer de un teléfono supletorio en el baño, taburete en el baño, despertador en la habitación o servicio de fax en la recepción.
  • Se eliminan aquellos criterios más subjetivos o de difícil valoración como, por ejemplo, atmósfera armoniosa en el hotel (luz, olor, música, color...) o elementos comunes atendiendo al estado de conservación y antigüedad.
  • Se modernizan los criterios y puntuaciones de la clasificación hotelera (ver página 12) en línea con los grandes ejes y objetivos de la ley: lograr un parque hotelero más sostenible medioambiental y socialmente.
  • Los criterios relacionados con ofrecer información regional a los visitantes tienen que pasar por un proceso de digitalización, eliminando el papel de los hoteles.
  • Se valorarán aspectos como la disposición de oferta de vehículos eléctricos como apoyo e impulso a la movilidad sostenible.

Infracciones

Se consideran infracciones administrativas en materia de turismo las siguientes acciones u omisiones:

  • El incumplimiento en el plazo máximo establecido de la instalación de camas elevables.
  • El incumplimiento de la obligación de disponer del Plan de Circularidad y de llevar a cabo las evaluaciones anuales.
  • No disponer de toda la documentación acreditativa de la elaboración del Plan de Circularidad.
  • Disponer de un Plan de Circularidad o evaluaciones periódicas cuyo contenido no se ajuste a las exigencias establecidas en esta norma.
  • Incumplir la obligación de eliminar las instalaciones térmicas que funcionan con fuel o gasóleo, sustituyéndolas por otras que empleen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental, salvo de imposibilidad técnica debidamente acreditada.
  • No disponer de doble pulsador o pulsador con interrupción de la descarga a las cisternas de los inodoros.
  • Incumplir la prohibición de poner a disposición de los clientes comodidades sanitarias de baño desechable.
  • Hacer uso de especies clasificadas como categorías amenazadas para consumo alimentario.
  • No indicar de manera diferenciada en la carta, menú o similar, los productos tanto de marisco como de pez que tengan origen balear.
  • Incumplir la obligación de ajustar las temperaturas y el uso de las instalaciones térmicas.
  • Publicitarse o comercializarse como empresa circular, que aplica estrategias de economía circular o análogos, sin disponer de Hashtag ecológico de la UE.

Sanciones

Respecto a las sanciones, cada Consell Insular será competente para la iniciación y la resolución de los procedimientos para la imposición de las sanciones a que hace referencia esta norma. Las sanciones quedan clasificadas de la siguiente manera:

  • La infracción contenida en el apartado referido a las camas será sancionada con 500 euros por cada cama elevable no instalada.
  • No disponer de toda la documentación acreditativa de la elaboración del Plan de Circularidad será sancionado con multa de 100.000 euros.
  • No indicar de manera diferenciada en la carta, menú o similar, los productos que tengan origen balear será sancionado con requerimiento o multa de hasta 1.000 euros.
  • El resto de infracciones serán sancionadas con multa de entre 4.000 y 40.000 euros.
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