La sección primera de la Audiencia Provincial de Palma dejó ayer visto para sentencia el juicio que se celebró en Maó contra dos súbditos marroquíes, F. E. y A. E., como presuntos autores de un delito contra la salud pública. El Ministerio Fiscal pidió para cada uno de los encausados una pena de prisión de cinco años y una multa de 12.024 euros. Por su parte, las defensas solicitaron la nulidad de la entrada y registro efectuada por la Guardia Civil en el domicilio en el que residían ambos acusados, la nulidad de las pruebas encontradas y, en consecuencia, la libre absolución de sus clientes.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, entre noviembre de 2007 y noviembre de 2008, ambos acusados se dedicaron a la venta de cocaína en la vivienda que ambos ocupaban en compañía de terceras personas ubicada en la calle Sant Jordi de Es Castell. Durante el registro efectuado por los agentes en dicho domicilio fueron intervenidas en el dormitorio de A. E., una bolsa de plástico con cocaína y en el dormitorio ocupado por F. E., otra bolsa también con cocaína. El peso total de ambas bolsas era de 600 gramos con una riqueza del ocho por ciento, cuyo valor en el mercado ilícito rondaría los 2.803 euros si la venta se hubiera realizado al por menor y de 4.008 si hubiese sido al por mayor. En la casa también fueron intervenidas una balanza de precisión, una sustancia secante destinada para la preservación de sustancias estupefacientes y 350 euros en efectivo.
Las defensas insistieron durante el juicio en las circunstancias que rodearon la entrada en el domicilio de sus patrocinados, especialmente, en la ausencia presencial del secretario judicial justo en el momento en el que los agentes procedieron a la apertura de la puerta, debido a una confusión con las llaves y con el piso exacto donde residían. También insistieron en la falta de motivación de la actuación policial, según recalcaron, basada en declaraciones de confidentes. Asimismo, subrayaron que los 600 gramos de droga supuestamente intervenidos, tenían una riqueza media del 8 por ciento, la mayoría estaba adulterada y como mucho la cantidad real de cocaína pura era de 25 gramos. En relación al trasiego de personas que existía en torno a este domicilio, según constató la Guardia Civil, las defensas insistieron en que ningún agente aclaró durante el juicio si aquellas se dirigían al primer o segundo piso del edificio, al haber realizado todas sus vigilancias desde la calle.
Por su parte, la Fiscalía insistió en que, aunque la entrada y registro fuera considerada nula por el tribunal debido a que uno de los encausados jugó al despiste de los agentes, la droga encontrada en la vivienda era suficiente para mantener la acusación. Asimismo, hizo hincapié en las contradicciones de los acusados durante el juicio celebrado ayer y en sus declaraciones anteriores ante el juez en la fase de instrucción. También insistió en que algunas de las personas que visitaron el inmueble de los acusados fueron interceptadas posteriormente por la Guardia Civil con sustancias ilícitas. Por este motivo mantuvo la petición de cinco años de prisión para cada uno de los encausados.
Acuerdo entre las partes y rebaja de penas en el segundo juicio
Defensa y Ministerio Fiscal alcanzaron un acuerdo en el segundo de los juicios programados ayer por la Audiencia Provincial de Palma desplazada a Maó. La Fiscalía acusó E. J. C. L, como presunto autor de un delito contra la salud pública y finalmente rebajó de tres a dos años la pena de prisión solicitada.
El acusado fue detenido tras desembarcar en el puerto de Maó el 24 de mayo de 2009 al encontrar la Guardia Civil durante un registro 97,360 gramos de heroína ocultos entre los respaldos del asiento del vehículo que conducía. La sustancia tenía una riqueza del 48 por ciento y el valor de venta en el mercado ascendía a 9.332 euros. Se da la circunstancia de que el detenido es drogodependiente. El análisis químico efectuado después de su arresto dio positivo en cocaína, benzoilecgonina, metadona, morfina, codeina y midazolam.