Mónica Juanatey es culpable de asesinato con alevosía. Así lo ha considerado, por mayoría de ocho votos frente a uno, el jurado popular que la ha juzgado en la Audiencia Provincial de Palma por la muerte de su hijo de nueve años en julio de 2008 en Maó.
Pasadas las 20.30 horas de ayer el jurado, tras un día de deliberaciones, hizo público su veredicto, que fue escuchado por la acusada, trasladada minutos antes desde la cárcel de Palma para escuchar la decisión. Su semblante no se trasmutó. Lo escuchó cabizbaja y tímida como cada día, aunque quizás algo más seria.
El jurado popular ha resuelto que Mónica Juanatey es culpable de asesinato alevoso porque mató a su hijo César intencionadamente, con medidas y modos tendentes a asegurar la muerte del pequeño, de manera tal que éste no tuviera ninguna posibilidad de defenderse y que ella no sufriera riesgo alguno. Además, el jurado popular ha entendido que Mónica Juanatey llevó a cabo el asesinato "siendo consciente de todo ello".
El jurado popular, integrado por cinco mujeres y cuatro hombres, explicó anoche –a través del acta leída por su portavoz- que para llegar a su convicción ha sido determinante la declaración que llevó a cabo la acusada ante el juez instructor, declaración a la que otorgan credibilidad. En esa declaración, Juanatey admitió que había ahogado al niño en la bañera y fue posteriormente cuando dijo que lo único que recordaba era tenerlo en brazos ya muerto.
Además, los jurados han tenido en cuenta también el comportamiento anterior de la mujer, haciendo pasar a su hijo por su sobrino, y destacan la falta de lógica en su actuación al no llamar a los servicios de emergencia y en la forma de ocultar el cuerpo y deshacerse de él. Mónica Juanatey escondió el cuerpo de su hijo, junto a objetos del menor, en una maleta que abandonó en la finca de Binidalí de ses Villotges. El cuerpo no fue hallado hasta dos años después, en noviembre de 2010.
Los jurados señalan que han sido muy importantes para asentar su decisión las declaraciones de los médicos forenses. De una parte, porque los médicos relataron cómo en las entrevistas que realizaron a Mónica Juanatey ésta les confesó que había ahogado al niño en la bañera. Y, sobretodo, por su opinión sobre el estado mental de la mujer.
Basándose en las explicaciones de los peritos, los jurados han considerado que Mónica Juanatey no sufre ninguna enfermedad mental y también han entendido que ninguna patología ni orgánica ni mental justifica la amnesia que la mujer refiere respecto del momento de la muerte del pequeño.
Igualmente, los jurados han dado por probado que Mónica Juanatey se encontraba sola con su hijo en la vivienda de la calle Amazonia número 38 de Maó cuando lo mató. El jurado señala que en la casa no había nadie más y que la acusada se benefició de esa circunstancia. Igualmente, el jurado popular asume la tesis del fiscal en el sentido de que ésta aprovechó la confianza que su condición de madre despertaba en su hijo para acometer el ataque. No fue una ejecución delictiva que respondiera a un plan predeterminado, sino que la mujer tenía en mente deshacerse de su hijo y lo hizo en ese momento, sin planificación previa, aprovechando las circunstancias. Sin embargo, los jurados tienen claro que la acusada obró de manera tal que se aseguró el resultado: la muerte de su hijo.
Finalmente, los jurados han votado en contra de que pudiera concederse un enventual indulto a Mónica Juanetey.
El veredicto contra Juanatey no ha sido unánime, uno de los jurados ha considerado que no es culpable. Igualmente, dos de los jurados han discrepado sobre que la mujer hubiera actuado de manera tal que el niño no tuviera posibilidad de defensa alguna y el resultado estuviera asegurado; es decir, en contra de un asesinato alevoso. No obstante, esos votos no tienen ninguna repercusión en el resultado final. Para un hecho contrario a la acusada se requerían siete de los votos de los nueve miembros (la culpabilidad se ha resuelto por ocho votos) y para las decisiones favorables cinco votos de los nueve. Por ello, finalmente, el veredicto del jurado respalda totalmente las tesis del fiscal.
Una vez leído el veredicto, el magistrado presidente del tribunal, Eduardo Calderón, agradeció a los miembros del jurado su labor.
Conocida la resolución de los jurados, el representante del Ministerio Fiscal, Eduardo Norro, reclamó la imposición a Mónica Juanatey de una condena a 20 años de prisión como autora de un delito de asesinato con alevosía y agravante de parentesco.
Por su parte, la defensa de Juanatey, ejercida por Carlos Maceda, solicitó la imposición de la pena en su grado mínimo.
Será el magistrado presidente del tribunal quien en los próximos días elabore la sentencia e imponga la pena concreta que considera emana de la resolución del jurado popular.