Ferreries regularizó en el pasado pleno lo que ya era una posibilidad en el municipio, cambiar las multas económicas por servicios en beneficio de la comunidad. A partir de ahora, una ordenanza marca las pautas para aplicar este sistema que también está vigente en Es Castell, Sant Lluís y Es Migjorn Gran.
En Ferreries, cada 20 euros de multa podrán ser canjeados por una hora de trabajo en servicios a la comunidad. De este modo, el municipio se sitúa al mismo nivel que Es Migjorn Gran, donde el baremo para sustituir las multas es exactamente el mismo. Se podría decir que en Ferreries y Es Migjorn Gran es donde sale más barato pagar las multas, puesto que en Es Castell y Sant Lluís, una multa de 20 euros implica dos horas y 52 minutos de trabajos en beneficio de la comunidad.
Con la ordenanza en la mano, los ferreriencs podrán costear hasta 3.200 euros de multa realizando trabajos en servicio de la comunidad. Así es si se calcula una jornada de ocho horas diarias y un máximo de veinte jornadas de trabajo, según consta en el texto aprobado por unanimidad por el Consistorio.
Las multas que pueden cambiarse por trabajos a la comunidad son aquellas que nazcan de una infracción a una ordenanza municipal. Ahora bien, las personas jurídicas no pueden acogerse a esta posibilidad, como tampoco pueden hacerlo las personas físicas que hayan sido objeto de sanciones tributarias o urbanísticas. Tampoco las infracciones que sean consideradas muy graves pueden acogerse a esta posibilidad.
En cambio, sí se especifica que los daños materiales causados a cualquier tipo de inmueble o bien municipal podrán ser costeados mediante trabajos a la comunidad. Es decir, cualquier desperfecto que se causa al mobiliario urbano podrá ser pagado mediante la realización de trabajos en beneficio colectivo, también a razón de una hora de servicios por cada 20 euros de desperfectos.
Ahora bien, realizar los servicios correspondientes a la cantidad económica a pagar no es sinónimo directo de que la deuda con el Consistorio quede saldada. La ordenanza obliga a quien ha hecho el seguimiento del infractor a evaluar mediante un informe si la realización de los servicios ha sido satisfactoria. Si el informe resulta favorable, la multa queda pagada. Ahora bien, si el informe es desfavorable, el infractor deberá pagar con dinero la totalidad de la sanción económica. El informe puede ser negativo por el hecho de no asistir a alguna de las sesiones de los trabajos comunitarios o "por la manifiesta desatención de las instrucciones del encargado de seguimiento", apunta la ordenanza. Además, si el infractor es evaluado negativamente, no podrá acogerse en el futuro a la posibilidad de canjear las multas económicas por servicios a la comunidad.