La Conselleria de Presidencia del Govern clarificó ayer que los colegios e institutos, como edificios públicos civiles que son, están sujetos a lo que se indica en el artículo 3 de la nueva Ley de Símbolos, que el lunes entró en vigor. Por tanto, se interpreta que estos centros docentes deben colgar en sus fachadas las banderas oficiales de España y Balears, en el orden que la misma controvertida normativa determina.
El artículo 3 de la Ley de Símbolos establece que «la bandera de Balears debe ondear junto con la bandera de España y ocupar un lugar preferente inmediatamente después de esta, en el exterior de todos los edificios públicos civiles de Balears». Al menos un par de escuelas de la Isla, ambas de Ciutadella, decidieron no demorar la aplicación de este artículo y desde el mismo lunes por la mañana dispusieron las dos banderas en el exterior de sus edificios.
El resto, no obstante, optaron por obviar o no darse por aludidos por el artículo, incluso algunos directores aseguran desconocer esta parte de la ley. Uno de ellos cuestionó que la obligación abarcara los centros docentes. Tampoco la sede de la Delegación Territorial de la Conselleria de Educación en Maó colgó las banderas el lunes. Ayer tampoco las tenía.
Desde la Conselleria de Presidencia comentan que las escuelas que han colgado la bandera han obrado correctamente. Sobre el hecho de que el resto no lo hicieran y de que algunos directores aseguraran no disponer de telas o incluso ni mástiles, desde el Govern advierten de que todavía es pronto para entrar en el detalle de una ley cuya aplicación se intentará llevar a cabo de forma progresiva.