Un tres por ciento de las mujeres víctimas de malos tratos que tienen protección policial en Balears reside en Menorca. En total son catorce las mujeres en la Isla que han denunciado su situación y reciben dicha protección, y solo una de ellas con valoración policial de riesgo extremo, según datos de la Unidad de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de la Delegación del Gobierno. En toda la Comunidad son 450 las mujeres que están protegidas, la mayoría en Mallorca y 60 en Eivissa.
La responsable de dicha unidad especializada, Janka Jurkiewicz, ha explicado que la valoración del riesgo para la mujer se establece de acuerdo con las circunstancias de la víctima y del autor de los hechos denunciados, y tiene varios niveles: extremo, alto, medio, bajo o no apreciable. El riesgo extremo significa que la víctima puede requerir vigilancia las 24 horas del día o acompañamiento para hacer determinadas salidas o gestiones en su vida cotidiana.
Entre las más de cuatrocientas mujeres que necesitan protección en las Islas hay también diez menores de edad, un dato que preocupa porque supone que las conductas machistas y violentas siguen presentes en la juventud y que las agresiones pueden producirse sin que la pareja haya ni siquiera iniciado su convivencia.
Legislación de la Segunda República en relación con las mujeres o Decreto de 29 de abril de 1931: las mujeres pueden opositar a notaria y registradora de la propiedad. o Decreto de 8 de mayo de 1931: derecho al sufragio pasivo a las Cortes Constituyentes en mujeres mayores de 23 años. o Aprobación de la Constitución el 9 de diciembre de 1931. Articulado referente a las mujeres: o Art. 25: igualdad jurídica de mujeres y varones. o Art. 40: admisión en empleos y cargos públicos por mérito y capacidad. o Art. 46: derecho al trabajo como obligación social de mujeres y varones. o Art. 36: sufragio universal. o Art. 41: matrimonio civil. o Art. 43: igualdad en el matrimonio entre los cónyuges. o Reformas en el Código Civil, donde las mujeres podían: o Ser testigos tanto en testamentos como en matrimonios civiles. o Ser tutoras de menores y personas con discapacidad. o Conservar su nacionalidad en caso que el marido tuviese otra. o Compartir con sus maridos los bienes conyugales y la patria potestad de la descendencia. o Tener contratos laborales sin cláusulas de despido en caso de matrimonio. o En el Código Penal se eliminaron como delitos el adulterio y el amancebamiento. o 25 de marzo de 1932: Ley del Divorcio. o 25 de junio de 1935: se abole la prostitución. o 1936: legalización del aborto o Se equipara en derechos la descendencia fuera y dentro del matrimonio. Legislación y Organismos de la Dictadura Franquista con relación a las mujeres Se deroga la legislación republicana. Se reinstaura el Código Civil de 1889, donde se asimila a la mujer casada a menores de edad, personas ciegas, locas, extranjeras y sordomudas. Establece la obligación de obediencia al marido, la pérdida de nacionalidad si se casa con un extranjero. Quedaban incapacitadas para tomar decisiones económicas sin el acuerdo de su marido (tutela marital), o para ser tutoras, entre otras. Las viudas que vuelven a contraer matrimonio pierden la patria potestad de la descendencia (que en primera instancia la ejercía el marido); la separada, el domicilio conyugal. Servicio Social de la Mujer a cargo de la Sección Femenina, 1937, reorganizado en 1940: obligatorio, para formar a las mujeres solteras entre 17 y 35 años como buenas esposas, madres y amas de casa. Fuero del trabajo, 1938. Se regula el trabajo a domicilio. Establece la familia como célula primaria natural, fundamento de la sociedad y como institución moral, a la que la mujer pertenece y el varón gobierna. Ley de Subsidios familiares, 1938: La familia cristiana como pilar de la nación. Decreto de 1 de mayo de 1939: prohibición de la educación mixta. Ley de delitos contra la persona, 1941: aborto, infanticidio y propaganda de anticonceptivos penados y/multados. La Dirección General de Seguridad en 1941 prohíbe tomar el sol sin albornoz. Patronato de Protección a la Mujer, 1941: para educar a las mujeres en los valores católicos y apartarlas del vicio y su posible explotación. Ley de Reglamentaciones Laborales, 1942. Solo trabajaban las mujeres solteras o viudas. En caso de matrimonio tenían que firmar el despido voluntario un mes antes del mismo. Ley de 11 de mayo de 1942 por la que se incluye en el Código Penal el adulterio, con diferentes definiciones y penas para mujeres y varones. Ley de Contratos de Trabajo, 1944. Para trabajar, las mujeres necesitaban la autorización del marido. Plan de Estabilización, 1959. Se incluyen mejoras para las mujeres trabajadoras. Ley sobre Derechos Políticos, Profesionales y Laborales de la Mujer, 1961. Pone fin a la discriminación salarial y de acceso al trabajo, siempre con la autorización del marido. Es del todo cierto que el machismo no es producto del franquismo, pero en cuestión de malos tratos que una mujer necesitara el permiso y la firma del marido para denunciarlo, le daba total impunidad y hacia que los casos que creo no serian pocos, pero si del todo invisibles.