El Consell y el Ayuntamiento de Alaior se enfrentan a una demanda de responsabilidad patrimonial por 21,9 millones de euros por la desclasificación de una parcela que la Ley de Espacios Naturales (LEN) de 1991 fijó como no urbanizable en Cala en Porter, una protección que el PTI, aprobado en 2003, ratificó.
La demanda ha sido presentada por el promotor Francisco Sánchez Rodríguez, propietario de una parcela de 5.317 metros cuadrados en Cala en Porter, donde se había proyectado la construcción de un complejo turístico formado por 94 unidades de alojamiento, sumando 212 plazas. El Tribunal Supremo, en un fallo del 24 de julio del año pasado, si bien confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears de 2010 por la que manifestaba que no podían declararse como urbanizables estos terrenos, abrió la puerta a solicitar una indemnización de responsabilidad patrimonial en el plazo de un año.