La consellera de Ordenación del Territorio, Marta Vidal, ha respondido informalmente al recurso presentado por el GOB, a la espera de su análisis y posterior resolución. Asegura que el actual Plan Territorial Insular (PTI) «permite instalaciones como el parque acuático en determinadas categorías de suelo rústico protegido» y que ese tipo de usos no está prohibido, sino «condicionado a que sean declaradas de necesaria implantación en suelo rústico».
La consellera es rotunda al afirmar que «ningún informe ha cuestionado jamás que el PTI prohibía este tipo de uso en suelo rústico, ni siquiera en suelo rústico protegido». En ese sentido, entiende que las afirmaciones del GOB al respecto de informes desfavorables «no se ajustan a la verdad».
Reconoce que el primer informe técnico lo fue, pero «el sentido del informe fue por interpretar que las normas subsidiarias de Sant Lluís (no el PTI) lo prohibían».
Para ello se solicitó informe al Consistorio, que entendió que el uso no estaba prohibido; uno externo, con el mismo resultado, e incluso uno al primer técnico, que finalmente lo resolvió favorablemente.
«Es la declaración de interés general más motivada de todas las que se han concedido», afirma, antes de recordar que cuenta con siete informes ambientales favorables.