«Las ART (Áreas de Reconversión Territorial) son el freno a los desarrollos turísticos que había pendientes en 2003», declara Carlos Salgado, quien vaticina que el 25 de mayo de 2021 habrá sobre la mesa de los ayuntamientos reclamaciones patrimoniales millonarias. Asegura que se le puede poner nombre, la primera será otra vez Cesgarden. Hay 600 plazas de esta compañía que van a ser objeto de reclamación, apunta. «Si 128 plazas nos han costado 29 millones, vamos a ver cuánto nos cuestan ahora estas 600», declara.
En la valoración del PTI de próxima aprobación —Prohibición Territorial Insular lo definió Misericordia Sugrañes, presidenta del PP—, buena parte de la crítica se centra en esta figura. Según la explicación de Salgado, muchas de las ART han quedado desclasificadas a suelo rústico por el decreto 9/2020 del Govern «y el PTI las reclasifica de nuevo como suelo urbanizable», relata, como denuncia de las contradicciones y confusión que crea el nuevo planeamiento.
Lo que hicieron las ART en 2003 fue «dejar en el limbo» los desarrollos pendientes y ahora son de aplicación directa desde el momento en que el ayuntamiento acepte mediante acuerdo plenario la ordenación directa de las ART que contiene el PTI. «Con eso se conseguiría que los propietarios que hace 17 años que tienen sus derechos consolidados en ‘el limbo' pudieran ya desarrollarlos», agrega Salgado.
Entiende que el referido decreto 9/2020 intentó evitar esa situación con la desclasificación de los terrenos urbanizables y que el PTI los devuelve el derecho de desarrollo urbanístico. Por parte del Consell, se reiteró que ese decreto del Govern no tenía incidencia en Menorca.
El problema de los hortals
Los núcleos de hortals son un un problema de primer orden no solo desde el punto de vista de las infracciones urbanísticas sino desde el medioambiental por la contaminación de los acuíferos. En la NTT tuvieron una solución, «echen mano de ella, que era una norma legítima aprobada por un gobierno legítimo». Se daban dos años a los propietarios para ponerse de acuerdo en un plan especial y si no sería el Ayuntamiento quien lo tramitara.
«El 5 de enero de 2017 los ayuntamietos estaban obligados a tramitar los planes especiales. No solo lo derogaron sino que ahora nos dicen que habrá un año de plazo, más dos desde la aprobación definitiva o si no, cuatro. ¿Pero qué nos están contando? Vuelven a pasar la pelota al propietario», comenta.
En su opinión, este PTI es más restrictivo que el anterior «y más incierto porque simplemente no se puede aplicar». Denuncia que hay incoherencias sobre el año de construcción de las edificaciones rurales que puedan destinarse a uso turístico, que hayan de ser edificios de especial valor histórico, «todas nuestras casas de lloc lo tienen» o «la burla que supone la imposibilidad de una piscina de más de 35 metros cuadrados en suelo rústico», concluye.