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El Govern avisa de que «no es excusa» y multará si incumplen con los cupos de coches eléctricos

Asegura que este año, con la reactivación turística, velarán por la renovación de las flotas

Las empresas están obligadas a que el 6 % de los coches que compran sean eléctricos. | Gemma Andreu

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El Govern no está por la labor de flexibilizar las exigencias de la Ley de Cambio Climático para las empresas de alquiler de vehículos. Desde la Dirección General de Energía y Cambio Climático consideran que los problemas (no los niegan) que pueda haber en algunos lugares de la red pública de puntos de recarga «no son un argumento para no cumplir con una ley que –recuerda– fue aprobada en 2019, hace tres años, no ayer», en palabras del director general, Pep Malagrava, quien defiende que la red pública –y todavía gratuita– es un impulso inicial de la administración, pero que hay que avanzar en la creación de una amplia red privada, como en el caso de los vehículos de combustión.

La Ley de Cambio Climático establece que las empresas de ‘rent a car' deben informar al Govern cada año de su flota y establece un calendario para ir cumpliendo con ratios de renovación y los cupos de vehículos eléctricos en sus flotas. Para 2022 se establece que el seis por ciento de los vehículos que compren deben ser eléctricos y que en el cómputo general, el 1,8 por ciento de su flota deben ser vehículos libres de emisiones.

Malagrava revela que en el mes de mayo recordaron a las empresas esa obligación de informar sobre sus flotas: «La mayoría ha ofrecido los datos y al resto les hemos hecho un requerimiento y si no lo atienden habrá que sancionarlos por ocultar datos. No somos nosotros los que tenemos que ir a buscarlos, la ley les obliga a facilitarlos».

A la pregunta de si las empresas que han informado cumplen con los cupos de vehículos eléctricos en sus flotas, Malagrava reconoce que «la mayoría no», pero entiende que en estos momentos es «comprensible» tras dos años marcados por la pandemia: «Veremos este año en que este sector se ha recuperado si se están cumpliendo y en caso contrario habrá que tomar medidas», aludiendo al régimen sancionador. No obstante, aclara que si se puede acreditar que no ha sido posible cumplir por problemas de mercado, básicamente falta de stock, se tendrá en cuenta.

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