Saltarse la prohibición de entrar a Menorca con coche, en el caso de que el Consell apruebe un límite de vehículos tal y como prevé la nueva Ley de Reserva de Biosfera, se considerará una infracción grave que podría derivar en una multa de hasta 10.000 euros, según el régimen sancionador específico que incluye la normativa para controlar la afluencia de vehículos de motor en la Isla. Además de la multa, al autor de una infracción grave se le podrá imponer la inmovilización del vehículo por un periodo no superior a cuatro meses.
Las multas podrán ser de hasta mil euros para las infracciones leves, entre estas se incluye circular por las carreteras de la Isla sin la acreditación o distintivo para entrar sin que sea visible, así como el incumplimiento por parte de las navieras los deberes de información y verificación que se deriven del artículo 28 de la Ley de Biosfera, en el que se estipula que el Consell, con carácter anual o bienal, podrá limitar la entrada de vehículos de motor así como su circulación por las carreteras de la Isla y su estacionamiento en el periodo que se defina y «con las excepciones que reglamentariamente se establezcan», indica el texto a debatir mañana en el Parlament. El régimen sancionador de la ley establece que los inspectores para el cumplimiento de la normativa tendrán carácter de agente de la autoridad y que el procedimiento sancionador se iniciará de oficio ante una denuncia de infracción.
En cuanto al techo máximo de vehículos, el Consell podrá determinar la cifra de los que pueden circular por la Isla en un periodo definido, así como permitir la circulación de un máximo de vehículos de motor para un número de días concreto, y los usuarios deberían pedir el permiso para circular con la antelación que se determine. Ese techo máximo de vehículos también deberá respetarse al fijar el número de coches destinados al alquiler sin conductor que pueden entrar anualmente a la Isla para su comercialización.
Excepciones
Las excepciones para entrar con coche a Menorca contemplan los vehículos bajo titularidad de residentes, personas físicas o jurídicas, así como los vehículos de no residentes propietarios de una vivienda en la Isla, aunque en este caso la excepción se aplica solo sobre un vehículo. También podrán entrar coches de residentes en Mallorca, Eivissa y Formentera que acrediten la necesidad habitual de desplazarse a Menorca por razones laborales, así como vehículos para personas con movilidad reducida, oficiales y de servicio público, entre otros que determine el Consell.
Pues alguna ventaja tendremos que tener los menorquines no?, ya está bien, estamos pagando impuestos todo el año, y cuando viene el verano tenemos las mismas limitaciones que los turistas, no podes acceder a las playas y faros libremente, lo tenemos que hacer con bus lanzadera, y sino te esperas a finales de octubre para poder ir. No digo un trato de privilegio, pero algún beneficio debemos tener los que vivimos en Menorca todo el año; que sólo parece que estemos para pagar impuestos y a callar.