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Batalla judicial por los ruidos en Es Pla: el juez da por cumplida la sentencia y los vecinos recurrirán

Los residentes de Sa Muradeta afirman estar «desconcertados» después de que el juez haya dado por buenas las medidas del Ayuntamiento de Ciutadella para minimizar las molestias

Los vecinos que viven en Sa Muradeta no están conformes con la decisión del juez. | Archivo

| Ciutadella |

El colectivo de vecinos de Sa Muradeta que ganaron la demanda contra el Ayuntamiento de Ciutadella por las molestias ocasionadas por los locales de ocio de Es Pla de Sant Joan, presentarán un recurso contra el auto emitido hace unos días, que da por cumplida la sentencia dictada en julio.

El auto ha sorprendido a los demandantes, que no entienden cómo el juez del Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Palma, haya dado por cumplida la sentencia dictada el pasado julio, que señalaba al Ayuntamiento de Ciutadella como responsable subsidiario por no actuar con eficacia para evitar los excesos de ruido que generan los locales de ocio de Es Pla.

La sentencia del 5 de julio obligaba al Consistorio a impulsar «las labores de inspección y control para el ejercicio de la eventual potestad sancionadora», o sea, multar a los infractores de las ordenanzas. Y exigir a los titulares de las terrazas o recintos al aire libre «un certificado con estudio acústico relativo a la incidencia real de la actividad en su entorno».

El abogado que representa a los seis vecinos demandantes, Francisco José Ojuelos, admite que el auto ha sido desconcertante, por eso «ya hemos pedido una aclaración» sobre sus términos. Si finalmente, como temen, se confirma la decisión del magistrado, «vamos a recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Balears», donde confían en que se trata de una instancia «muy sensible a las cuestiones relacionadas con el sufrimiento de los vecinos».

La incomprensión sobre este auto empieza por el momento en que se ha emitido, «en temporada baja, cuando las terrazas de los locales están cerradas» y, por lo tanto, es evidente que no se producen las mismas molestias que en verano, apunta Ojuelos. Pero no solo eso. Durante el tiempo de ejecución de la sentencia, «los vecinos han aportado mediciones hechas en verano, que acreditan ruidos incluso superiores a los que motivaron la sentencia», lo cual debería ser un agravante.

Además, se da la circunstancia de que «esa medición se hizo un viernes, y al día siguiente, el sábado, cuando fue la Policía Local, casualmente no había música en las terrazas». Eso es, señala el letrado, porque, de algún modo, «los locales sabían que se iban a hacer mediciones». Así las cosas, Ojuelos avanza que, en caso de no prosperar el recurso ante el TSJIB, continuarán en instancias superiores, «mientras haya ruidos, el problema no quedará resuelto».

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