La tramitación parlamentaria del decreto de simplificación administrativa del Govern ha revelado una circunstancia llamativa. Decenas de viviendas ubicadas en los llamados 'hortals', asentamientos ilegales en suelo rústico, cuentan con licencia para poder albergar a turistas. Tal y como está redactado el texto normativo, si esas construcciones –verdaderos chalets en algunos casos– quieren acogerse al proceso de legalización exprés que introduce el decreto, perderán automáticamente la autorización turística; sin embargo, el PP ha anunciado una enmienda para evitar desincentivar a los propietarios y permitir que sigan destinando las casas al alquiler vacacional.
El veto al uso turístico anunciado inicialmente por el Govern en las construcciones legalizadas mediante el decreto de simplificación administrativa había hecho saltar las alarmas en algunos pueblos de Mallorca. Es el caso de Pollença, donde gobierna el alcalde socialista Martí March, que ha recibido el apoyo de todo el Consistorio para reclamar al Govern que cambie el redactado del decreto para eximir a aquellas construcciones fuera de ordenación que ya cuentan con licencia turística. El PP ha recogido el guante, ha hecho suya la propuesta e incluso ha bautizado los cambios que introducirá como la ‘enmienda March’.
Analizando la distribución geográfica de la oferta legal de estancias y viviendas turísticas en el portal cartográfico del Consell insular se puede comprobar que esta no es una realidad exclusivamente mallorquina. Existen en Menorca, sobre todo en la zona de Ciutadella, edificaciones con licencia turística en regla localizadas en ‘hortals’ que no han seguido ningún proceso de legalización, asentamientos considerados fuera de ordenación por el Plan Territorial Insular (PTI). Se trata en algunos casos de construcciones levantadas con posterioridad al año 2003, momento en que el PTI prohibió la construcción de viviendas en suelo rústico, y que consiguieron los permisos turísticos en un momento de mucha mayor flexibilidad normativa.
Ley de 2005
Y es que esa es la gran pregunta. ¿Cómo viviendas fuera de ordenación han podido lograr los permisos para comercializarse turísticamente? Para responderla hay que remontarse al año 2005, en la segunda legislatura del PP de Jaume Matas, cuando se aprobó la Ley 2/2005 de comercialización de estancias turísticas en viviendas. Esta normativa creaba la figura de la estancia turística y no hacía mención a los requisitos técnicos que debían cumplir las viviendas que se quería comercializar turísticamente. Flexibilizaba las anteriores normativas, eximiendo a los propietarios de la obligatoriedad de aportar una copia de la cédula de habitabilidad, del certificado de final de obras visado, de la licencia de obras o de cualquier documento que acreditase que se había construido legalmente como condición para poder lanzarse al negocio turístico.
Lo único que se les exigía era el llamado certificado de acreditación de calidad turística de la vivienda, el cumplimiento de unos estándares de calidad del servicio que se iba a prestar, con el objetivo de no empobrecer el nivel de la oferta de alojamiento de las Islas. De hecho, según explican a este diario fuentes que estaban en la Administración de aquella época, eran trabajadores de la Fundació Destí Menorca, el antiguo ente promocional del Consell, que a la sazón no tenía competencias en materia de Ordenación Turística, los que se encargaban de realizar ese control de calidad de las llamadas estancias turísticas. Se abrió entonces una especie de coladero normativo por el que construcciones que ni antes de 2005 ni después de 2012 podrían haber logrado los permisos, tuvieran vía libre para sumarse legalmente al negocio turístico.
La nueva figura de la estancia turística permitió que en todas las islas construcciones fuera de ordenación pudieran conseguir licencia y que todavía la conserven. Parecía en un primer momento que el PP era taxativo sobre la prohibición del uso turístico en las viviendas que se acojan al proceso de legalización exprés del decreto de simplificación administrativa, pero finalmente ha decidido rectificar y permitir que las que ya cuentan con permisos puedan mantenerlos. No obstante, el portavoz del PP, Sebastià Sagreras, subraya que «debe quedar claro que aquellas viviendas que no tienen plazas turísticas, si se legalizan, no las podrán obtener, se trata de que las que la tienen no la pierdan».
La propuesta de acuerdo aprobada por el Ayuntamiento de Pollença defiende que la retirada de los permisos para las viviendas que se legalicen supondría generar una situación de inseguridad jurídica.
PP: no habrá un aumento de plazas en suelo rústico
El Partido Popular defiende que la enmienda anunciada para modificar el decreto de simplificación administrativa con el objetivo de que las casas fuera de ordenación puedan mantener los permisos para alojar a turistas «no supone ni una plaza turística más ni tampoco más presión sobre el territorio y permite que aquellas familias con plazas turísticas puedan también regularizar la situación de su vivienda», en palabras del portavoz del PP, Sebastià Sagreras, quien explica que «se trata de que los propietarios no eviten la legalización para poder conservar la plaza turística, cuando lo que intentamos es poner orden».
Desde el PP recuerdan que esta es una medida que surge de un acuerdo plenario «razonable» del Ayuntamiento de Pollença y subrayan que «debe quedar claro que aquellas que no tienen plaza, si se legalizan no podrán obtenerla, se trata de que las que la tienen no la pierdan». En ese sentido advierten de que «si en algún momento se pierde el título, no se podrá renovar». En otra enmienda, los populares corregirán su decreto «para dejar claro que las legalizaciones parciales (viviendas legales con alguna construcción que no se ajusta al ordenamiento urbanístico no implicará que las viviendas tengan que dejar de destinarse a alquiler turístico» en el caso de disponer de título habilitante.
El apunte
El ‘coladero’ normativo de 2005 a 2012: barra libre para las estancias turísticas
En 2005, durante el segundo gobierno del PP de Jaume Matas, se aprobó la llamada ley de comercialización de estancias turísticas en viviendas, que creaba la figura de la estancia turística y eliminaba los requisitos técnicos para que las casas salieran al mercado. Desaparecieron los requisitos urbanísticos para sustituirlos por una acreditación de calidad que vigilaba únicamente que se cumplieran ciertos estándares para no empobrecer la calidad de la oferta de alojamiento. Se abrió entones una ventana para que construcciones fuera de ordenación se sumasen al negocio turístico.