Un juzgado de lo Contencioso de Palma ratifica las sanciones impuestas por el Colegio de Médicos de Balears (Comib) contra la médico de Menorca Nadiya Popel. La sentencia rechaza el recurso interpuesto por la doctora, que acumula múltiples sanciones deontológicas, administrativas e incluso una causa penal por un posible delito contra la salud pública.
En este caso, el procedimiento judicial abordaba la sanción que se le impuso por varias declaraciones en contra de la vacunación por la covid y aludía a que se estaba aplicando el ‘código de Nuremberg’. El Colegio Oficial de Médicos le impuso en ese momento tres faltas muy graves que suponían la suspensión del ejercicio profesional durante 18 meses y una multa de 51 cuotas mensuales. Quedaba inhabilitada para incorporarse a cualquier otro colegio mientras la sanción estuviera vigente.
La decisión del juzgado de lo Contencioso puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia. En cualquier caso es una de las primeras sobre el fondo de las sanciones a la médico, que acumula desde hace unos años un expediente judicial abultado, entre peticiones de medidas cautelares, sanciones y suspensiones tanto de su puesto en el Hospital Mateu Orfila como del Colegio. La organización judicial acordó en otro proceso disciplinario la expulsión de la doctora Popel por infringir de forma reiterada el código deontólogico. La Comisión de Ética valoraba que ponía en peligro la seguridad de los pacientes por emplear productos sin base científica, no autorizados o elaborados de forma casera. Incluso llegaba a recomendar este tipo de productos para tratamiento de tumores mamarios de gran tamaño o de melanomas metastáticos.
Otro de los motivos de las sanciones a Popel ha sido infringir la dignidad de sus pacientes al mostrar en vídeos su cara, su cuerpo y su enfermedad con finalidades propagandísticas. Nadiya Popel mantiene una amplia actividad a través de Telegram y supuestos movimientos alternativos a la medicina científica, donde capta fondos y convoca charlas.
En el procedimento judicial, la representación de Popel sostenía que era víctima de acoso laboral y planteaba una vulneración de derechos fundamentales, algo desestimado por el juzgado que centra la cuestión en un procedimiento sancionador y en los incumplimientos de la normativa médica por parte de la negacionista. En cualquier caso, en torno a Popel quedan otros procedimientos por resolverse aún en fases más iniciales.
ViriatoPorfavor eso se llama oportunismo para manipular la realidad y la narrativa... Intoxicante con la sanidad estatal y luego nos cuentas