Se habían conocido durante la tarde del 17 de octubre de 2020 al coincidir los dos grupos de amigos, el de ella y el de él, en un bar del mismo centro de Maó. Tanto el joven, menorquín, que entonces tenía 26 años, como la chica, de 19, comenzaron a intimar y así continuaron cuando todos reunidos marcharon caminando a un bar del puerto de Maó.
Aquella cita grupal finalizó con ambos marchándose en el coche de él después de que ella comenzara a sentirse mareada por la ingesta de alcohol. Según la fiscal y la acusación particular, el joven la condujo al otro lado del puerto donde abusó sexualmente de ella en el asiento trasero sin que conste cómo la joven se quitó la ropa. Entienden las acusaciones que él aprovechó la merma de facultades que tenía la chica para cometer el abuso e intentar consumar el acto sexual sin llegar a lograrlo porque la víctima le dijo que parara, que le hacía daño. Tras estas relaciones el joven llevó a la chica a la altura de un conocido chiringuito donde ella se bajó portando solamente una sudadera del acusado, sin ropa interior, desorientada, y en grave estado de confusión hasta que una amiga la encontró en la zona del Museo de Menorca. El joven se fue del lugar dejando tirada sobre la acera la ropa de la víctima.
La fiscal pide una condena de 6 años de cárcel e indemnización de 15.000 euros a la víctima por un delito de abuso sexual. La acusación particular, a cargo de la abogada Carmen Pecharromán, eleva la petición a 7 años de reclusión e indemnización de 20.000 euros al entender que es un delito de agresión sexual porque ella no estaba en condiciones de dar su consentimiento, bien por algún producto que pudo haber ingerido en la bebida, como sugiere la acusación aunque no se detectó en los análisis, o bien porque estaba ebria. En todo caso existe un lapsus según se aplique la legislación antigua o la reformada que deberá discernirse probablemente en el juicio.
La vista está señalada para el próximo martes, día 30 en la Audiencia Provincial.
El apunte
La defensa esgrime que ambos estaban ebrios y que todo fue consentido
Los dos estaban ebrios, abandonaron juntos el bar del puerto cogidos de la mano. Es desde entonces cuando aparece la «inexplicable» amnesia de la chica denunciante que sería la que determinaría la presunta falta de consentimiento en las relaciones sexuales que mantuvieron a continuación. Es el argumento del letrado de la defensa, Carlos Salgado, quien sostiene que su cliente propuso al acabar que ambos regresaran a sus domicilios y que ella reaccionó mal exigiendo que la dejara bajar del coche, lo que no pudo impedir el acusado. Detuvo el vehículo y le dejó la ropa en el suelo esperando que se la pusiera. La defensa solicita su absolución y en el caso de que se considerase que no hubo consentimiento, «la pena no debería superar los 2 años de prisión o 21 meses de multa».