La primavera de 1920, se podrá recordar por la gravedad de los sucesos en Hungría. Por el contrario, en nuestro puerto, se vivían momentos muy distintos, los maestros de ribera disponían de trabajo, procediéndose a la arboladura del pailebote situado en el muelle del Andén de Poniente, los hermanos Femenías feien feina a totes, su buen nombre continuaba en boca de sus paisanos.
Mientras un grupo de gentes despedían pañuelo en mano a los veintisiete pasajeros que se encontraban a punto de abandonar nuestra rada a bordo del Mahón, con destino a Alcúdia y de allí hacia Barcelona, en la bodega treinta y cinco toneladas de sarga varia y la valija, que la estafeta, preparaba durante la travesía para entregar una vez arribado al punto de destino.
Aquel mismo sábado había llegado el vapor España número 6, con un cargamento de trigo. Una vez acabó de hacer lo propio el vapor Ruiz Capdepon, descargando carbón, para los almacenes de la Trasmediterránea.
Casualmente, emprendió viaje para Namours, la polacra goleta italiana, Nuestra Sra. De la Consolación, que entró de arribada forzosa.
La prensa estaba lejos de sospechar, el dilema que se estaba preparando con el tema del trigo, base del pan, producto que el alcalde mahonés Pons Sitges, con tanto celo desplegó siempre para conseguir su abaratamiento al igual que los productos de primera calidad, procurando que el pan se vendiera a precios razonables, mientras en otras poblaciones de la isla se pagaba más barato que en esta ciudad. Ni tan siquiera se le invitó a que asistiera a las reuniones del gremio, en que debía fijarse el precio de la harina producida por el trigo que desembarcó el España.
Según el delegado del Gobierno, se le había hecho saber que se había fijado en 63 pesetas los 100 kilos de harina, para vender el pan a 65 céntimos el kilo, encargándole además el reparto de dicha harina a los panaderos de esta ciudad y de los pueblos de Villa Carlos y San Luis. Encargo que no era de su incumbencia por tratarse de pueblos que tenían alcalde y Ayuntamientos propios.
El articulo 15 de la citada ley mantenía que los ayuntamientos tenían facultad de resolver todo cuanto se refería al precio, forma, elaboración y modo de efectuar la venta del pan y el artículo 17, decía que los cargamentos de trigo argentino adquirido por el estado debía cederse en lo sucesivo al precio de 46 pesetas los 100 kilos franco bordo puerto español. El margen máximo de molturación en 12 pesetas los 100 kilos. De manera que el precio de la harina resultara a 58 pesetas pudiéndose vender el pan a 60 céntimos y no a 65, que ordenó el delegado.
A todo ello, observo que la prensa añadía… Y si no que se vea el precio al que ha pagado nuestro pueblo el pan cuando se ha fabricado con trigo intervenido y se sabrá que muchas veces se ha pagado a menos de 63 céntimos el kilo y eso que el trigo tenía que transportarse de otro puerto español, sin la ventaja que representa el recibirlo como esta vez, directamente.
El problema de la harina fue tan grave que la prensa se hizo eco de que los panaderos elaboraban dos clases de pan mahonés, seguramente se elaboraba con la harina intervenida, siendo contrario a lo que prevenían las disposiciones vigentes. Si los tahoneros disponían de harina de la llamada libre, que la utilizaban para hacer llonguets y pan francés, artículos que se vendían más caros. Los fabricantes de harina entre los que se encontraba el señor Bosch, no debieron de obtenerla de dos clases al molturar trigo argentino.
Semejante incalificable abuso no debe en modo alguno tolerarse. A la vez se pedía autorización para la harina procedente del España 6, a 43 pesetas los 100 kilos en carácter provisional y hasta que se supiera de una manera definitiva el total del exceso de gastos de descarga y la cuantía de los perjuicios ocasionados por la avería de la que se debía hacer cargo el Sindicato
Salió al paso, la Delegación local del Consejo de Trabajo, con el siguiente bando dirigido a las panaderías:
Con arreglo a las vigentes disposiciones legales y reglamentarias y convenios adoptados en esta ciudad, se recuerda el exacto cumplimiento de los preceptos que siguen y deben observarse en las panaderías. En las que fabrican exclusivamente pan mahonés el descanso nocturno de seis horas será de las ocho de la noche a las dos de la madrugada.
En las demás panaderías dicho descanso será de las once de la noche a las cinco de la madrugada.
Este descanso será absoluto, debiendo suspenderse durante el mismo todas las operaciones todas las operaciones de fabricación o elaboración.
Los obreros de la industria panadera disfrutarán de un descanso semanal de veinticuatro horas seguidas.
Queda prohibido el trabajo nocturno a los niños de ambos sexos menores de 14 años.
Igualmente se prohíbe el trabajo en domingos y días festivos a los menores de 18 años.
Los menores de 10 años no serán admitidos en ninguna clase de trabajo.
La jornada máxima legal para todos los obreros es de ocho horas diarias a cuarenta y ocho semanales.
El lunes 12 de abril de 1920 el diario republicano la Voz de Menorca, publicó una carta titulada. La cuestión del trigo, firmada por Francisco Bosch. Presidente del sindicato harinero.
Después de varias cartas publicadas entre autoridades, delegado, etc. El señor Bosch, anunciaba la creencia de haber entendido que el señor delegado de abastecimientos, para la descarga del España 6, capitán de corbeta, don Pedro María Cardona había indicado la posibilidad de cambiar el trigo argentino desembarcado para Menorca.
Esta creencia la anuncié con la reserva de no estar seguro de ella y tenia motivo para establecer la reserva, porque ni hubo oferta ni podía haberla por la razón potentísima de que este trigo devuelto, a algún lugar tenía que ir a ser consumido y el señor Cardona ni podía ni debía, sin querer desempeñar su cargo con parcialidades, que serían impropios de su modo de ser e inmerecedor de la confianza que le ha depositado el excelentísimo señor Ministro de Abastecimientos.
Mientras tanto, la Federación Obrera de Menorca, anunciaba que aquella misma noche se celebraría una reunión, tras haberse enterado de las prebendas que el Delegado había concedido al panadero Antonio Ferrer, ofertándole harina, cosa que no era justificable .
Fue el propio Pedro María Cardona, el que publicó un escrito donde decía:
El jefe militar de esta Base naval, remitió una muestra del pan elaborado con el trigo señalado como, de peor calidad procedente de la carga del vapor España 6, trigo que ha sido molturado sin ninguna limpieza previa, en molino de viento y panificado luego en el horno de dicha entidad marítima.
No estamos como el lector comprenderá en el caso de emitir un dictamen técnico acerca del pan en cuestión, pero sí en el de expresar nuestra modesta opinión, claro está que según nuestro saber y entender.
Previa esta explicación decimos que el pan que nos ha remitido el señor Cardona obtenido según él mismo explica en las condiciones mas desfavorables, no es de límpida blancura porque no podía serlo, pero su aspecto, su color y su sabor son aceptables, le hacen al parecer admisible.
El que en nuestro puerto se encontrara el buque España 6 y su cargamento de trigo de procedencia argentina, propició la llegada de otros vapores para cargar dicho cereal.
Con rumbo a Tarragona salió el vapor Ruiz Capdepon, con mil toneladas, el Río Delta y el vapor Isleño de la Isleña Marítima, entre otros.