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Juanma Lorente, abogado laborista, sobre el cambio de turno: «No te pueden escribir a las 11 de la noche»

El experto alerta sobre la ilegalidad de los cambios horarios sin aviso y la necesidad de una notificación mínima

El experto ha compartido la información en redes sociales

| Palma |

El cambio arbitrario de turnos laborales sin previo aviso adecuado sigue siendo uno de los conflictos más comunes entre empleados y empresas. El abogado laborista Juanma Lorente ha salido al paso con declaraciones claras respecto a esta práctica, recalca que los empleadores no pueden enviar mensajes fuera del horario laboral, como a las 23:00 horas, para notificar modificaciones de turno con una antelación insuficiente.

Este tipo de cambios abruptos pueden afectar gravemente la planificación personal y familiar de los trabajadores, quienes, según la legislación vigente, tienen derecho a una organización temporal ordenada de sus jornadas. Además, Lorente enfatiza que la ley establece que los cambios deben notificarse con al menos cinco días de margen, para garantizar el respeto a los derechos laborales.

Derecho a la organización del tiempo de trabajo

La normativa española establece que las empresas deben notificar los turnos a los empleados con suficiente antelación. El plazo mínimo, según expertos como Juanma Lorente, es de cinco días, que debe ser respetado salvo excepciones muy justificadas y puntuales.

Además, el sistema ideal sería que las empresas publiquen los turnos de trabajo con una periodicidad quincenal, es decir, cada 15 días, para que los trabajadores puedan organizar sus actividades fuera del ámbito laboral sin sufrir modificaciones inesperadas. Cuando las alteraciones son constantes y reiteradas, el profesional señala que estas prácticas pueden considerarse ilegales, ya que impactan directamente en la adecuada conciliación de la vida personal y laboral. El cambio frecuente de horarios sin cumplimiento de los plazos legales provoca inseguridad y desorganización en la plantilla.

Contexto actual y retos en la comunicación laboral

El uso masivo de aplicaciones de mensajería instantánea ha cambiado radicalmente la comunicación dentro de las empresas. No es raro que jefes u organizaciones envíen mensajes a horas nocturnas con instrucciones o cambios, algo que se ha detectado como infringiendo los derechos de los trabajadores. Juanma Lorente señala expresamente que no es aceptable recibir un WhatsApp a las 23:00 horas donde se modifique el turno para el día siguiente, pues esto deja poco o ningún margen para la planificación del empleado.

Este tipo de prácticas generan estrés y afectan a la estabilidad emocional y física de los trabajadores, un aspecto que ha sido objeto de atención en los comités de empresa y sindicatos, especialmente en sectores con turnos rotativos o trabajos en horarios nocturnos y fines de semana. Según Lorente, la empresa tiene la obligación de respetar los calendarios previamente establecidos, lo que incluye no solo la planificación de turnos sino respetar los cambios con la notificación legal mínima.

Cuando los empleadores incumplen estas reglas, el trabajador tiene derecho a reclamar y solicitar asesoramiento legal. Este asesoramiento puede abrir vías para denunciar irregularidades y exigir una compensación o el cumplimiento efectivo de la normativa. Por otro lado, en situaciones excepcionales donde imprevistos obliguen a modificaciones, se debe mantener un mínimo de cinco días de antelación, salvo que se pueda justificar una situación de emergencia que así lo reclame. Esta garantía se encuentra enmarcada en el respeto a la dignidad y a la organización personal de cada empleado y, en última instancia, pretende evitar abusos que perjudican su calidad de vida.

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