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Hacienda lo confirma: te devolverán miles de euros si cometieron errores en el ejercicio de tu renta de estos años

Los contribuyentes que solicitan correcciones en ejercicios de 2019 a 2021 recuperan dinero pagado de más por errores en deducciones

El dinero puede elevarse a miles de euros | Foto: Europa Press

| Palma |

La Agencia Tributaria está reconociendo errores masivos en declaraciones de la renta de ejercicios anteriores y devolviendo importantes cantidades de dinero a quienes se toman la molestia de revisar sus autoliquidaciones. En toda España, miles de contribuyentes están recibiendo ingresos inesperados tras solicitar la rectificación de sus declaraciones de 2019, 2020 y 2021. Estas devoluciones, que en muchos casos superan los varios miles de euros, no llegan automáticamente sino tras peticiones expresas de los ciudadanos. Cuando se demuestra que existió un error en perjuicio del declarante, la administración no solo reintegra el importe cobrado indebidamente, sino que añade los correspondientes intereses de demora. Sin embargo, el primer paso siempre debe darlo el contribuyente: revisar, detectar y reclamar.

Los motivos detrás de estas correcciones son variados, pero comparten un denominador común: información incompleta o incorrectamente aplicada en su momento. Una parte significativa de los errores proviene de deducciones fiscales que nunca se incluyeron en la declaración original, a pesar de que el contribuyente tenía pleno derecho a aplicarlas. En otros casos, los mínimos personales y familiares se calcularon erróneamente o no se actualizaron tras cambios en la situación personal del declarante, como nacimientos, adopciones o modificaciones en el estado civil. También se han identificado problemas derivados del cruce de información por parte de la Agencia Tributaria, especialmente en situaciones laborales complejas.

Los trabajadores que cambiaron de empleo durante el ejercicio fiscal, quienes tuvieron periodos alternos de trabajo y prestaciones por desempleo, o aquellos con múltiples pagadores presentan casos donde la información no se procesó correctamente. Al revisar estos datos, la administración comprueba que el resultado correcto era sustancialmente diferente al inicialmente liquidado. Cuando el contribuyente presenta su solicitud de revisión dentro del plazo establecido, Hacienda está obligada legalmente a analizar el caso y, si procede, efectuar la corrección con el reintegro correspondiente. Esta obligación está generando un volumen considerable de devoluciones que muchos ciudadanos desconocían que podían reclamar.

Errores más frecuentes detectados en las revisiones

Entre los fallos más habituales que están generando devoluciones destacan las deducciones autonómicas no aplicadas o mal calculadas. Cada comunidad autónoma de España establece sus propios beneficios fiscales, y muchos contribuyentes desconocen su existencia o los requisitos para acceder a ellos. Las deducciones por maternidad constituyen otro punto crítico. Numerosas madres trabajadoras no aplicaron correctamente esta deducción, que puede alcanzar hasta 1.200 euros anuales, o los 1.000 euros adicionales por gastos de guardería. En algunos casos, el borrador no reflejaba estas cantidades pese a cumplirse todos los requisitos legales.

El alquiler de vivienda habitual también genera confusión. Aunque la deducción estatal desapareció en 2015, algunas comunidades autónomas mantienen sus propias deducciones, y muchos inquilinos en España no las incluyeron en sus declaraciones de 2019, 2020 o 2021. Los beneficios por familia numerosa, personas con discapacidad o ascendientes y descendientes con discapacidad a cargo representan otro grupo de deducciones frecuentemente olvidadas. Las aportaciones a planes de pensiones también presentan errores recurrentes. Algunos contribuyentes no aplicaron correctamente los límites de reducción, mientras que otros simplemente olvidaron incluir estas aportaciones en su declaración. En todos estos casos, la revisión posterior está permitiendo recuperar cantidades significativas.

El riesgo de aceptar el borrador sin revisar

Uno de los factores que más contribuye a estos errores es la aceptación automática del borrador de la renta sin una revisión detallada. Aunque esta herramienta simplifica enormemente el proceso de declaración, no siempre incluye todas las deducciones aplicables ni refleja con precisión las circunstancias personales específicas de cada contribuyente. El borrador se elabora con la información que la Agencia Tributaria recibe de terceros: empresas, bancos, aseguradoras y otras entidades. Sin embargo, determinadas deducciones requieren que sea el propio contribuyente quien las declare expresamente, ya que Hacienda no dispone de esa información de forma automática.

Esta situación ha provocado que miles de personas en España pagaran más impuestos de los necesarios durante los ejercicios 2019, 2020 y 2021. Ahora, en 2026, quienes están revisando esas declaraciones antiguas descubren errores que les están suponiendo devoluciones de varios miles de euros, sumados a los intereses de demora correspondientes. Para solicitar la rectificación de una autoliquidación, el contribuyente debe presentar un escrito ante la Agencia Tributaria explicando el error detectado y aportando la documentación que lo acredite. Este trámite puede realizarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o presencialmente en sus oficinas.

Es fundamental calcular correctamente cuál debería haber sido el resultado de la declaración y demostrar que existe un error a favor de la administración. La solicitud debe incluir toda la documentación justificativa necesaria: certificados de empresa, justificantes de gastos deducibles, documentos acreditativos de la situación familiar o cualquier otro elemento probatorio relevante. Una vez presentada la solicitud, Hacienda dispone de un plazo de seis meses para resolverla. Si transcurre ese periodo sin respuesta, el silencio administrativo puede interpretarse como desestimatorio, aunque el contribuyente conserva la posibilidad de recurrir. Si la resolución es favorable, la devolución se realiza mediante transferencia bancaria, incluyendo los intereses de demora calculados desde la fecha en que se efectuó el pago indebido.

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