Los empleados en España experimentarán un cambio histórico en sus condiciones laborales tras la actualización de la normativa de prevención de riesgos en el trabajo. La modificación legislativa, acordada entre el ejecutivo y los principales sindicatos, representa la transformación más significativa en la protección de los trabajadores desde hace tres décadas. La reforma coincide estratégicamente con el trigésimo aniversario de la Ley 31/1995 y se integra dentro de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo para el período 2023-2027. El acuerdo ha sido alcanzado entre el Ministerio de Trabajo, CCOO y UGT, aunque la patronal ha decidido no respaldar esta iniciativa legislativa.
La necesidad de actualizar el marco normativo responde a una realidad laboral radicalmente diferente a la existente cuando se aprobó la legislación original hace 30 años. El mercado de trabajo ha experimentado transformaciones profundas que la antigua ley no contemplaba ni podía anticipar. Entre los factores que han impulsado esta modificación destacan la digitalización masiva de los procesos productivos, el uso generalizado de algoritmos en la gestión de recursos humanos, el deterioro progresivo de la salud mental de los empleados, el envejecimiento demográfico de la población activa, las consecuencias del cambio climático sobre las condiciones laborales y las desigualdades persistentes de género en materia preventiva.
El secretario general de UGT fue contundente al afirmar que «cada mañana hay tres trabajadores que no vuelven a su casa», señalando como inexplicable la ausencia empresarial en una negociación destinada a combatir lo que denominó «una de las lacras más dolorosas para las familias trabajadoras». Por primera vez en la historia legislativa española, la salud mental ocupará un lugar central en la prevención de riesgos laborales. Esta inclusión responde al incremento preocupante de bajas médicas relacionadas con trastornos psicológicos derivados del entorno profesional.
La normativa establecerá la evaluación obligatoria de los riesgos psicosociales en todas las empresas, sin excepciones. Las organizaciones deberán implementar medidas preventivas específicas frente al estrés laboral, la sobrecarga de trabajo y la presión derivada del uso intensivo de herramientas digitales. El texto contempla además el compromiso del ejecutivo de aprobar una norma específica para abordar estos riesgos de manera detallada. Se incluye también el reconocimiento explícito del origen laboral de numerosas bajas por problemas de salud mental, facilitando así el acceso a prestaciones y protección adecuada.
La definición de acoso laboral se amplía considerablemente, incorporando el ciberacoso y la violencia digital como formas reconocidas de maltrato en el entorno profesional, en consonancia con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo, ya ratificado por España. La legislación actualizada equipara los peligros derivados del teletrabajo y la falta de desconexión digital al resto de riesgos laborales tradicionales. Esta equiparación supone un avance fundamental en la protección de los empleados en la era de la hiperconectividad.
Los trabajadores en España no tendrán obligación de responder llamadas ni mensajes de sus superiores fuera del horario laboral establecido. Las empresas deberán evaluar el impacto de algoritmos e inteligencia artificial en la organización del trabajo, garantizando que estas tecnologías no generen situaciones de estrés o sobrecarga. Se reconoce específicamente el fenómeno del tecnoestrés, que afecta a millones de profesionales españoles, y se establecen mecanismos de prevención de la hiperconectividad que vulnera el derecho al descanso efectivo.
Protección frente a riesgos climáticos
Este apartado constituye uno de los aspectos más innovadores de la reforma. En los últimos años, varios trabajadores han fallecido por golpes de calor mientras desarrollaban su actividad profesional durante las horas de máxima temperatura, especialmente en sectores como la construcción o los servicios municipales. Los golpes de calor provocan miles de accidentes laborales anuales en España, con especial incidencia en el área mediterránea, Andalucía y Canarias.
Las organizaciones empresariales deberán evaluar los riesgos derivados de olas de calor, lluvias extremas o catástrofes naturales, proporcionando información clara a sus plantillas sobre los protocolos de actuación. Estas disposiciones complementan las medidas ya recogidas en los reales decretos aprobados en 2023 y 2024.
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