El Boletín Oficial del Estado publicó ayer, tras tres días de retraso por "motivos técnicos", la reforma sanitaria que incluye el copago farmacéutico en función de la renta y de parte de los servicios. Así, según este texto, los usuarios deberán pagar parte de las prótesis, los productos dietéticos e incluso el transporte sanitario no urgente. Además, todos los inmigrantes en situación irregular en España se quedarán sin tarjeta sanitaria el próximo 31 de agosto, pero seguirán accediendo a urgencias, aunque médicos de este servicio advierten de la posibilidad de que puedan colapsarse.
Los criterios del copago serán similares al que establece la norma en materia de fármacos. Se estipula que "la aportación del usuario será proporcional al nivel de renta que se actualizará, como máximo, anualmente".
De esta manera, los activos con una renta igual o superior a 100.000 euros deberán hacerse cargo de un 60 por ciento del precio de los medicamentos, reduciéndose al 50 por ciento si la renta se comprende entre los 18.000 y los 100.000 euros, y al 40 por ciento para las personas cuya renta sea inferior a los 18.000 euros.
En cuanto a los pensionistas, éstos deberán cofinanciar el coste de los medicamentos con una aportación del 10 por ciento del precio del fármaco. Sin embargo, si la pensión del asegurado alcanza los 100.000 euros éste deberá abonar el 60 por ciento del coste, asemejándose así a los activos con el mismo sueldo.
No obstante, sí entran dentro de la cartera de servicios básica, "las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente, cubiertos de forma completa por financiación pública".
Además, según se describe en el decreto, "las administraciones públicas deberán adoptar, con anterioridad al 30 de junio de 2012, todas las medidas que sean necesarias para adaptarse al copago farmacéutico".
También, el Gobierno ha establecido un nuevo sistema de revisión de precios a la baja para los fármacos financiados, de modo que, según recoge el Real Decreto ley publicado este martes en el BOE, "sólo se tendrán en cuenta" las reducciones que supongan, "como mínimo", el 10 por ciento sobre el precio industrial máximo en vigor autorizado para la financiación con fondos públicos.
Así, se excluirán de la prestación farmacéutica de medicamentos y productos sanitarios, aquellos fármacos indicados en el tratamiento de síntomas menores y los que contengan un principio activo que cuente con un perfil de seguridad y eficacia favorable y suficientemente documentado a través de años de experiencia y un uso extenso.
Incluso, se mantendrán fuera aquello en convivencia con un medicamento sin receta con la que comparte principio activo y dosis; aquellos que tengan consideración de medicamento como publicitario en el entorno europeo; y aquellos innovadores que no cumplan un avance terapéuticos indiscutibles.
A partir del próximo 31 de agosto las tarjetas sanitarias obtenidas por inmigrantes en situación irregular empadronados en España quedarán anuladas, según fuentes del Ministerio.