El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley que prorroga hasta el 31 de enero de manera automática los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor para determinados sectores económicos.
En concreto, los ERTE a los que pueden acogerse los trabajadores y empresas son el de fuerza mayor, el de impedimento y el de limitación.
Los ERTE por fuerza mayor están dirigidos a las actividades más afectadas por la pandemia; tendrán exoneraciones del 85 % en el caso de las de menos de 50 trabajadores y del 75 % si tienen más, tanto para los empleados activados como los que siguen parados.
El denominado ERTE de rebrote pasa a convertirse en dos nuevas modalidades: el ERTE de impedimento y el ERTE de limitación, a los que podrán acogerse cualquier empresa sea cual sea el sector que se vea afectada por medidas relacionadas con la COVID-19.
En el primer caso, por parón total de la actividad, las bonificaciones serán del 100 % para las empresas de menos de 50 trabajadores, del 90 % para los de más de 50.
En el segundo, el esquema de bonificaciones es decreciente partiendo del 100 % en octubre para pasar al 90 % en noviembre, al 85 % en diciembre y al 80 % en enero para las empresas de menos de 50 trabajadores, en tanto que para las de más de 50 empleados hay que restar diez puntos a los porcentajes anteriores.