La investidura del lehendakari suele producirse alrededor de dos meses después de las elecciones, según la experiencia de comicios anteriores, aunque no hay plazos legales fijados para ello. De cumplirse esta regla no escrita, la designación del lehendakari de la XIII legislatura podría materializarse la semana del 10 de junio o la siguiente, justo después de las elecciones europeas, si la campaña electoral previa no interfiere y retrasa la constitución del Parlamento Vasco que salga de las urnas.
Para ser investido presidente de Euskadi, el candidato necesita la mayoría absoluta del Parlamento (38 de los 75 escaños) en la primera votación y la mayoría simple de los votos emitidos en la última. La Ley de Gobierno establece que si en el plazo de sesenta días desde la convocatoria del Parlamento para la investidura esta no se produce, el lehendakari en funciones deberá disolver el Parlamento y convocar nuevas elecciones, algo que no ha sucedido nunca en Euskadi.
La vez en la que más se retrasó la designación fue en 1995, ya que José Antonio Ardanza (PNV), fallecido el pasado 8 de abril, tuvo que esperar 129 días, más de cuatro meses, tras el cierre de las urnas. En otra elección, la de 1998, Juan José Ibarretxe (PNV) tardó poco más de dos meses en ser votado por el Parlamento.
En 2001 Ibarretxe fue elegido en dos meses y un día, y en 2005 se mantuvieron los plazos medios, ya que la tercera investidura de Ibarretxe se produjo el 23 de junio de 2005, dos meses y seis días después de las elecciones del 17 de abril. Por su parte, Patxi López (PSE-EE) tardó tras las elecciones del 21 de octubre de 2009 dos meses y 4 días en ser investido lehendakari.
En el primero de sus mandatos, en 2012, Iñigo Urkullu (PNV) fue designado lehendakari 53 días después de las elecciones, es decir, menos de dos meses después de que los vascos acudieran a las urnas. En 2016, el tiempo transcurrido para que fuese reelegido fue de 60 días y en 2020 de nuevo 53. Tradicionalmente, los días que pasan entre los comicios y la investidura son utilizados por los partidos para alcanzar acuerdos que permitan elegir al lehendakari en la Cámara y respaldar los posteriores gobiernos.
Sí que hay plazos para conformar el Parlamento, pero se concentran dentro de los 15 días posteriores a que al menos un tercio de los parlamentarios (25 de los 75) entreguen sus credenciales en el registro de la Cámara. La convocatoria de la sesión constitutiva de los nuevos legislativos es potestad de los presidentes de la Diputación Permanente, en esta ocasión, Bakartxo Tejería. En la última legislatura se constituyó el 3 de agosto de 2020.
Una vez celebrado el pleno de constitución de la Cámara, en el que se elige la Presidencia y el resto de puestos de la Mesa, se convoca otro que tiene como único punto del orden del día la designación de la Comisión Provisional de Incompatibilidades de los parlamentarios electos, que en un plazo máximo de veinte días eleva su dictamen a pleno. Al término de esta sesión, la presidenta da a conocer la fecha del siguiente pleno, el de la investidura del lehendakari.