El Tribunal Supremo ha declarado el 'stealthing' delictivo, un modalidad contra la libertad sexual, que consiste en sacarse el condón a escondidas o no usar el preservativo durante toda la relación o parte de ella pese a haber sido pactado o impuesto por la pareja, como condición al prestar el consentimiento.
El Pleno de la Sala de lo Penal ha tomado esta decisión por unanimidad, de manera que estará a partir de ahora considerada otra forma de agresión sexual, informan fuentes jurídicas. Ahora bien, en cuanto a la pena a imponer, cinco magistrados entienden que ha de imponerse la pena propia de una penetración sin consentimiento, mientras que del resto se desconoce su posición.
El embarazo no deseado, enfermedades de transmisión sexual y secuelas psicológicas son algunas de las consecuencias de las víctimas del 'stealthing' (sigilo, en español), como se conoce en inglés esta maniobra. La sentencia, que será publicada y notificada en las próximas semanas, servirá para arrojar luz sobre una modalidad delictiva con escasa jurisprudencia en España, como por ejemplo advirtieron unos jueces que impusieron una reciente condena basada en esta figura.
Hace unos meses, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a dos años de cárcel por un delito contra la libertad sexual a un hombre que mantuvo relaciones sexuales sin preservativo con una mujer a pesar de que había pactado usarlo ante el temor de ella a quedarse embarazada o contraer enfermedades de transmisión sexual.
La audiencia madrileña le condenó por un delito de abuso sexual y detalló que se trataba de un caso de 'stealthing', consistente en «la retirada subrepticia, en prescindir o no usar con el mismo sigilo el preservativo durante todo o parte de una relación sexual, pese a haber sido pactado o impuesto por la pareja como condición para prestar el consentimiento».