El Tribunal Supremo ha fundamentado la condena a dos años de inhabilitación del ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz tanto en la filtración del correo con la admisión de dos delitos contra Hacienda de la pareja de Isabel Díaz Ayuso como en la nota de prensa que dio la Fiscalía el 14 de marzo de 2024.
El Alto Tribunal ha hecho pública este martes -19 días después de adelantar el fallo- la sentencia en la que impone a García Ortiz dos años de inhabilitación para el cargo de fiscal general y 7.200 euros por un delito de revelación de datos reservados, y que cuenta con el voto particular de dos magistradas, que apoyaban la absolución.
La sentencia, suscrita por la mayoría de cinco miembros del tribunal, considera probado que fue el fiscal general o una persona de su entorno, y con su conocimiento, quien filtró a la Cadena Ser el correo de 2 de febrero de 2024 en el que el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, aceptaba en su nombre dos delitos contra Hacienda en busca de una conformidad con el fiscal que le investigaba.
«El fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito», sostiene la sentencia, de 180 páginas, que subraya que sobre García Ortiz pesaba un reforzado deber de reserva que quebrantó sin justificación. La sentencia ve en la filtración del correo y en la nota de prensa una unidad de acción, al considerar que «la nota consolida la filtración iniciada por el correo» y la «oficializa».
manoletinYo en ningún momento he hablado de ideologia. Yo estoy hablando de fundamentos de derecho. Hacer un análisis jurídico de la sentencia. Borrar el telefono claro que parece que quiere ocultar una cosa. Pero no se puede saber si era por cualquier otro delito que podria haber cometido, por el que no estaba siendo investigado. No le han condenado por obstrucción a la justicia, por lo que su argumento no tiene sentido. En el telefono borrado como bien dices no encontraron datos por el que se le pueda condenar. No es ninguna prueba. Ya que has introducido el tema, al PP no le condenaron por las pruebas que podrían existir dentro de los discos duros. Lo condenaron por un gran numero de pruebas documentales y testificales que existían. Y no he llamado facha ni nada parecido a nadie. Simplemente preguntaba a ver si alguien sabe si existen pruebas o testigos que se me han pasado por alto. O es una condena por indicios, que podria considerarse una jurisprudencia muy peligrosa dentro del sistema legal.