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El Supremo excluye la versión de los periodistas de los hechos probados sobre el fiscal

Álvaro García Ortiz, en una visita a Baleares | Foto: Gemma Andreu

| Madrid |

El Tribunal Supremo dice dar «veracidad» al relato de los periodistas que dijeron conocer antes que el fiscal general el correo sobre la pareja de Isabel Díaz Ayuso, si bien rechaza incluirlo en los hechos probados de su sentencia y subraya que, en cualquier caso, su versión no exculpa a Álvaro García Ortiz.

El testimonio de estos periodistas era uno de los principales argumentos de descargo de la defensa del fiscal general, que ha sido condenado -con el voto a favor de cinco de los siete miembros del tribunal- a dos años de inhabilitación para dicho cargo por un delito de revelación de datos reservados.

El Supremo ha hecho pública este martes su sentencia, de 233 páginas, en la que se detiene a reflexionar sobre el derecho al secreto profesional al reconocer que «hay quien ha considerado que la cuestión nuclear del juicio era valorar la credibilidad del testimonio de los periodistas que han comparecido».

La Sala subraya la «abundante prueba» de que García Ortiz «tuvo una participación directa para hacer llegar» al periodista de la Cadena Ser Miguel Ángel Campos el correo en el que el abogado de la pareja de la presidenta madrileña reconocía en su nombre dos delitos fiscales.

Al mismo tiempo, dice no cuestionar la veracidad de «otros periodistas» que en la vista afirmaron «haber tenido a su disposición, por fuentes ajenas» al fiscal general la mencionada comunicación, pero no incluye este testimonio en los hechos probados de la sentencia.

Y señala que, aunque lo hubiesen hecho, su relato no alteraría la comisión de un delito de revelación de datos reservados por parte de García Ortiz porque, aunque estos periodistas hubiesen conocido dicho correo, el fiscal general debía haber respetado su carácter reservado y no divulgarlo.

Alude el tribunal al «deber reforzado de reserva» del fiscal general sobre la información que maneja por razón de su cargo e incide: «Que un dato reservado sea conocido no supone que el mismo sea desprovisto de la tutela penal derivada de su carácter reservado».

Así, el testimonio de los periodistas no modifica la convicción de los cinco magistrados que suscriben la condena, que dicen ser «conscientes del difícil equilibrio» de los informadores, amparados en el derecho al secreto profesional al responder «a preguntas de tanta relevancia para el esclarecimiento de los hechos»

«Su testimonio ha sido especialmente esclarecedor», dicen los jueces, convencidos de que «en ningún caso, sus respuestas se vieron afectadas en su veracidad por el ejercicio de ese irrenunciable derecho».

Sostienen que la decisión de no difundir el contenido literal del correo, «ya fuera por respeto a las indicaciones recibidas de su fuente, ya por planificación secuencial de la información de la que ya disponían» marcan «un acusado contraste entre su prudencia profesional y la precipitación» con la que García Ortiz «no dudó en hacer posible la difusión pública de las comunicaciones, siempre confidenciales, entre un abogado y Fiscalía para llegar a un acuerdo de conformidad».

La sentencia reflexiona sobre la destacada protección que la Constitución da a ese derecho, «no como privilegio de un grupo de profesionales», sino de «la sociedad a recibir información veraz».

«Si existiese obligación de revelar las fuentes, estas quedarían cegadas por el temor a represalias. Quien cita sus fuentes, las seca. El flujo de información necesario en una sociedad democrática, uno de cuyos pilares es una prensa libre quedaría empobrecido hasta límites intolerables», profundiza la sentencia.

Pero hecha esa mención, advierte de que el derecho constitucional al secreto periodístico «también cubre con su manto protector al periodista, autorizándole a otro tipo de manifestaciones, aunque no sean totalmente fieles a la realidad, si les guía la necesidad de mantener oculta su fuente».

Y esas consideraciones «condicionan» la valoración de las declaraciones, dado que «no es lo mismo enfrentarse a un interrogatorio de alguien consciente de su derecho al secreto y su deber protegido constitucionalmente de lealtad a sus fuentes, que la de otras personas que carecen de válvulas de escape similares», como los fiscales que comparecieron en el proceso. Estas afirmaciones del tribunal chocan con el criterio de las magistradas Susana Polo y Ana Ferrer, que han emitido un voto particular en defensa de la absolución de García Ortiz. Ellas dan veracidad al testimonio de los periodistas, incluido el informador de la Cadena SER que negó que fuese García Ortiz quien le filtró el correo, y apuntan a que el resto de los jueces no creen sus relatos, pese a no decirlo expresamente, «pues no se tienen en cuenta como prueba de descargo».

7 comentarios

IB1001 IB1001 | Hace 1 día

Aldina FumMe sap greu que hagis de recórrer a s'insult, però jo no he defensat ningú; només he posat en evidència que, just devall des titular, sa notícia desmenteix es comentari d'en Cock&Roi. I si no sou sa mateixa persona, quin interès tens en defensar una mentida tan evident i, a damunt, envestint-me de sa manera que fas? No ho entenc de cap manera.

Aldina Fum Aldina Fum | Hace 1 día

IB1001Em sembla que et falta comprensió lectora i ni saps lo que escrius tu... Vas dir an Cock&roi si va llegir més enllà del titular, i jo mateixa si vas llegir més enllà del article... i si no entens que li posen, entenc com pots defensar es PSOE i en Sánchez... I per cert, no tenc res a veure amb en Cock en roi... sembla que tots els facha esquerres teniu mania amb els multinicks, perquè els veieu a tots costats...

IB1001 IB1001 | Hace 1 día

Aldina Fumdeman a en Cock&Roi i me respon n'Aldina Fum… no deveu ser sa mateixa persona comentant amb dos ususaris diferents, no? Com a Cock&Roi s'ha afirmat que "solo Sánchez daría crédito a unos tipos que dicen que fulano es inocente porque yo lo sé pero no puedo decir porque lo sé. O aportas prueba o no hagas perder el tiempo." Jo només he posat en evidència que es TS sí ha donat crèdit a aquests tipus. Per tant, me pots explicar quin sentit té es teu comentari cap a jo?

Aldina Fum Aldina Fum | Hace 1 día

IB1001I tu, has llegit més allà el article? "Y señala que, aunque lo hubiesen hecho, su relato no alteraría la comisión de un delito de revelación de datos reservados por parte de García Ortiz porque, aunque estos periodistas hubiesen conocido dicho correo, el fiscal general debía haber respetado su carácter reservado y no divulgarlo." EL FISCAL GENERAL DEBÍA HABER RESPETADO SU CARÁCTER RESERVADO Y NO DIVULGARLO. Cosa que por el contrario sí hizo y por eso fue condenado. Así de claro.

IB1001 IB1001 | Hace 1 día

Cock&RoiHas llegit més enllà des titular? "El Tribunal Supremo dice dar «veracidad» al relato de los periodistas que dijeron conocer antes que el fiscal general el correo sobre la pareja de Isabel Díaz Ayuso"

Angelcaído Angelcaído | Hace 2 días

Los de los medios afines a la secta SANCHISTA ?

Cock&Roi Cock&Roi | Hace 2 días

Hombre, solo Sánchez daría crédito a unos tipos que dicen que fulano es inocente porque yo lo sé pero no puedo decir porque lo sé. O aportas prueba o no hagas perder el tiempo.

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