La Audiencia de Girona ha archivado la querella contra la agente mallorquina de la Policía Nacional que se infiltró en el movimiento independentista de Girona y durante unos dos años mantuvo una relación sentimental con un activista para intentar conseguir información.
La querella la presentó el letrado Benet Salellas en nombre del activista que salió con la agente y de diversas entidades con las que tuvo vinculación, y denunciaba la actuación de la policía infiltrada, a la que se acusaba de «un delito de torturas con resultado de lesiones graves psiquiátricas y un delito de revelación de secretos».
La querella se interpuso el 14 de noviembre de 2023 y el pasado 5 de mayo el Juzgado de instrucción número 3 de Girona la desestimó al considerar que la actuación de la agente fue correcta y no infringió la legalidad ni había prueba de que se excediera en las órdenes recibidas. Tras recurrir esta resolución a la Audiencia de Girona, un auto de la sección tercera, del que ha sido ponente el magistrado Walter Ballarín, desestima el recurso de apelación presentado por el activista y las entidades Òmnium Cultural, CUP, Associació Ateneu Popular de Girona, Associació no al racisme de Girona i Salt y la Federació d’Entitats Socio-Culturals de Salt.
El magistrado señala que la relación entre el activista y la agente «fue consentida», y que no puede concluirse que «la querellada se prevalece de su condición de funcionario público en su actuar; es más, la habría omitido, a fin de iniciar la relación sentimental, sin que la relación relatada pueda calificarse como degradante o humillante». Para el ponente, «si la condición de la agente hubiera quedado oculta, el denunciante no habría percibido ninguna cosificicación».
Apunta en este sentido que la condición de policía de la querellada se reveló por una investigación periodística, de modo que, afirma, «en ningún momento existe voluntad de revelar la realidad por parte de la agente, con el efecto negativo originado con la misma».
Destaca, ademas, que «no hay indicio de apoderamiento por la querellada de documentos o efectos personales y, en consecuencia, descubrimiento de secreto o información reservada respecto de la persona del querellante».
La Sala, alineándose con los razonamientos de la juez de instrucción, estima que, el hecho de que la figura de agente de inteligencia tenga o no cobertura legal, o exceda de la figura de «agente encubierto», no convierte la actuación de la policía y sus superiores –a quien también se dirige la querella- sin más en delictiva».
En todo caso, sigue el magistrado, «más bien afectaría a la validez y uso que de la información que hubiera podido obtenerse se hiciera». Al considerar la Sala que «no existe delito», concluye que «no ha lugar a investigación alguna en la jurisdicción penal» y desestima el recurso de apelación, confirmando el auto del juzgado de instrucción. El abogado Benet Salellas ya avanzó que si la Audiencia de Girona ratificaba la decisión del juzgado de instrucción, acudirían al Tribunal Constitucional.