El juzgado de primera instancia número 2 de Palma ha condenado a Volkswagen a pagar una cantidad de 500 euros a una cliente de Mallorca afectada por el 'dieselgate' en lo que supone la segunda condena contra esta compañía por falsear mediante «software engañoso» los registros de emisiones contaminantes en sus motores diésel.
En la sentencia queda reflejado que el tribunal «estima improbable» que la información sobre emisiones de óxido de nitrógeno sea la que en «un consumidor medio oriente decisivamente la elección de compra de un vehículo» por lo que no considera que esto «revista la trascendencia suficiente para acarrear la nulidad del contrato».
Según la sentencia, no consta que este software «tenga la menor incidencia» en el funcionamiento del vehículo o a la seguridad del conductor, que en este caso es un diésel de la marca Seat, empresa del grupo alemán, y de hecho, recoge, que «ha quedado acreditado que las emisiones en circulación real son incluso inferiores a la media de otros modelos similares de otros fabricantes».
Asimismo, prosigue el escrito, «no se dispone de la menor prueba» de que la clienta comprara el vehículo «persuadida por el bajo nivel de emisiones ni parece que ese dato sea en general valorado como una característica decisiva para la adquisición de un vehículo».
Así a pesar de que no estimen que haya justificación para que el contrato «sea declarado nulo ni resuelto», el juez considera que «la confianza» de la clienta se ha visto «frustrada», hecho que da lugar a «un genuino daño moral que aunque no llegue a alcanzar grandes proporciones no tiene por qué dejar de ser indemnizado».
De esta manera, el juez condena solidariamente a SEAT y a Amcar, en cuanto a empresa vendedora del coche, a pagar 500 euros. La sentencia no es firme y contra ella cabe un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Baleares.