Un juzgado de Palma ha condenado a una empresa de construcción de la capital balear por despedir a un albañil por un mensaje de Whatsapp en el que, además, se mofaba de las posibilidades del trabajador en caso de acudir a los juzgados y le auguraba que tardaría más de cinco años en conseguir que un juez examinara su caso.
En abril de 2020, el jefe envió al trabajador el siguiente mensaje: «Trabajador Jesús (nombre figurado) le comunico que está despedido, en este caso despido procedente por faltar al trabajo sin justificación. Cuando esté la documentación nos pondremos en contacto con usted o si prefiere poner denuncia a la empresa nos vemos en el juzgado de lo social en el año 2025. Ya sabe, el lunes no importa que venga al trabajo». El autor del mensaje calculó mal el tradicional retraso de los juzgados de esta jurisdicción, que han tardado cuatro años menos en condenarle a indemnizar al trabajador por despido improcedente. La sentencia hubiera declarado la nulidad del despido, que implica la readmisión, solo que el trabajador renunció a esa petición en el juicio porque ya ha encontrado empleo en otra compañía.
Pese al tono del mensaje, la empresa no acudió ni al juicio ni al acto de conciliación previo en el TAMIB aunque estaba citada de forma correcta en ambos organismos. De hecho, consta como baja en la Seguridad Social. De esta manera, toda la justificación del despido era el mensaje que había recibido el trabajador. La sentencia señala que ni se han acreditado los motivos ni la empresa cumplió con ningún requisito de forma.
El trabajador llevaba apenas un mes y una semana en la empresa cuando recibió el mensaje. De hecho, en teoría su contrato era de eventual, pero como, de nuevo, la empresa no compareció en el procedimiento para justificar que legalmente cumplía los requisitos para este tipo de contratación, la sentencia considera que se trata de un trabajador fijo.
La resolución recuerda que en el caso de un despido disciplinario, como parecía sugerir el mensaje, es necesaria una justificación por escrito de los motivos y unos trámites que, en este caso, el empresario se saltó a la torera al acudir al mensaje como única comunicación con el empleado.